En un ¿exceso de empatía? la encargada de selección de personal, para la conocida empresa de pintura peruana, y en previsión de una posible denuncia por discriminación, culpa a la candidata de falta de comprensión auditiva [VÍDEO]
─¿Eres soltera?
─ No, tengo pareja y dos niñas, una de 11 años y la otra de 7 meses.
─Uy, me da mucha pena porque el gerente del área correspondiente pide una mujer soltera porque las madres piden permisos por sus hijos.
Ella encontró un anuncio de trabajo, en una página online, buscaban asistente de importaciones, «leí todo y pensé, esto es para mi y encima cerca de casa». De inmediato envió su curriculum y la llamada esperada llegó. «La reclutadora me llamó, hablamos sobre mi experiencia laboral, me dijo que la entrevista sería el lunes 7 de septiembre a las 8 de la mañana y que me enviaría los detalles más tarde».
Además, le dijeron que debía ir vestida formal y con una buena mascarilla, pero antes de colgar, la reclutadora le preguntó si tenía hijos. «Sí, tengo dos niñas ─le dije─ y contestó que lamentablemente el gerente del área quería mujeres solteras porque las madres pedían muchos permisos por sus hijos. Le dije que desde los 19 años trabajo y que siempre he tenido apoyo familiar, incluso, para estudiar y trabajar a la vez».
¿Apoyo en casa?
Luego, según afirma ella, la reclutadora le preguntó con quién vivía, «con mis padres» ─contestó. «¿Y en qué trabajan tus padres y tu pareja?», fue la siguiente pregunta. «Le dije en que trabajaban mis padres y además, que mi pareja hace teletrabajo y que por eso mi situación familiar nunca ha sido impedimento para desarrollar mi trabajo, ni tampoco he tenido necesidad de pedir permisos por mis hijas».
La reclutadora le dijo que explicaría eso para ver si el gerente cambiaba de idea y que la llamaría en las próximas horas. «Al no llamarme, la volví a llamar, para saber si ya no me estaban tomando en cuenta, o ya me habían descartado por ser madre; pero no me contestó. El sábado insistí más que nada porque la cita era a las 8 de la mañana y quería saber cómo organizar mi día».
A la espera de respuesta
La reclutadora le contestó que le daría una respuesta a las 2 de la tarde. Y llegaron las 2, y las 3, y las 4, y a las 4:07 le envió un mensaje disculpándose pues ya no la consideraban para el puesto porque «las postulantes deben ser solteras por el tema de permisos». O sea, en un país donde las mujeres no pueden decidir libremente el momento en el que más les conviene la maternidad, ser madre impide que se las contrate.

Redes sociales al rescate
Ella, indignada porque le decían que por ser madre no estaba siendo considerada para un trabajo, para el que siente estar hecha y para el cual tiene años de experiencia, ejerciendo su derecho al pataleo, escribió en sus redes explicando la experiencia. Las respuestas de solidaridad no se hicieron esperar, incluso SUNAFIL (Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral) se puso en contacto con ella para investigar el caso.
La Constitución peruana contempla una protección especial a la madre trabajadora. La Ley N° 30709 y el Decreto Supremo N° 002-2018-TR señalan que el potencial empleador no puede solicitar a las candidatas a un puesto de trabajo hacerse una prueba de embarazo. Proscriben el despido o no renovación de contrato por motivos vinculados con la condición de que las trabajadoras están embarazadas o en período de lactancia. La Ley N° 26772 considera ilegal discriminar a la trabajadora gestante cuando postula a un empleo.
https://elperuano.pe/noticia-oit-y-proteccion-de-maternidad-86683.aspx
Veinticuatro horas después y al ver la repercusión de haber discriminado a la postulante a un cargo por el hecho de ser madre y sabiendo que esto además podría ser sancionable, la reclutadora llamó por teléfono y le envió un mensaje en el que volvía a disculparse, pero le decía que la había malentendido, que la empresa «velaba por el cumplimiento y protección de los más vulnerables […] sus menores hijas»

Otro día joven
Ella, la mujer que postuló al cargo para asistenta de importaciones dice que a pesar que la empresa en esta última comunicación le ofreció realizarle la entrevista, ya no quiso ir porque la relación no había comenzado bien y sentía que le ofrecían recibirla sólo por cumplir y que ir sería una pérdida de tiempo. Este caso no sólo está en manos de la SUNAFIL, también lo está en las del MIMP, que ya han brindado asesoría legal a la madre rechazada.
TeleoLeo.com recabo el testimonio de este postulante a ANYPSA
TeleoLeo.com también intentó hablar con la reclutadora de ANYPSA, sin embargo, a pesar de haber visto el mensaje el día miércoles 9 de septiembre, hasta la publicación de esta nota no obtuvimos respuesta.

Antes y después
Luego de que la denuncia publica corriese como reguero de pólvora, ANYPSA hizo cambios substanciales a su anuncio de reclutamiento, uno de ellos fue el del perfil.
Antes
Cuando ANYPSA publicó el anuncio buscando asistente de importaciones, una de las exigencias en la página era que quienes respondieran fuesen «sólo damas de entre 27 y 32 años«. Me pregunto si la empresa no sabe que muchas mujeres a esa edad ya son madres y que también trabajan.

Después
El 9 de septiembre, 4 días luego de la denuncia, ANYPSA retiro la exigencia: «solo para damas».

También hubo cambios al horario laboral
Antes
En el primer anuncio ANYPSA consignaba una jornada laboral de 10 horas, de lunes a viernes, y de 6 horas los días sábados, con lo cual la semana laboral estaba compuesta era de 56 horas.

Según la legislación laboral peruana la jornada laboral es de 8 horas, pasado ese tiempo se considera horas extras y no son ordinarias sino extraordinarias y se pagan como tal. Además, la semana laboral es de 48 horas.

Después
Luego de la denuncia publica y de que SUNAFIL tómase el caso en sus manos, ANYPSA corrigió el anuncio y ‘omitió’ la colocación del horario de trabajo.

Dejo esto por aquí a ver si ANYPSA se entera un poquito de la infracción cometida.
«Artículo 5.- La entidad empleadora garantiza un trato digno, un clima laboral con base en el respeto y la no discriminación, la compatibilidad de vida personal, familiar y laboral. Se garantiza particularmente la prevención y sanción del hostigamiento sexual, para estos casos se aplica las medidas establecidas en la Ley 27942, Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual».
LEY QUE PROHÍBE LA DISCRIMINACIÓN REMUNERATIVA ENTRE VARONES Y MUJERES (Ley N° 30709, aprobada en 2017)