Texto y vídeo entrevista: Leonor Pérez-Durand/
Mientras el gobierno aprueba la reforma de la ley de salud sexual y reproductiva y de interrupción voluntaria del embarazo, y se presenta ante la opinión pública como un país a la vanguardia de las políticas contra la violencia de género; la justicia cita una mujer para informarle el día que entrará en prisión por no obligar a su hija a tener contacto con su padre, condenado por malos tratos
Este miércoles 18 de mayo, un juzgado de Sevilla ha citado a María Salmerón, víctima de violencia de género, para decirle que día debe hacer su «ingreso voluntario» en prisión por un año. Su delito: no obligar a su hija a ver a un padre que según afirma, nunca la trato con cariño, ni atendió cuando, debido a sus constantes denuncias por desobediencia en contra de María, la justicia le dio a él la custodia exclusiva: «Él ha utilizado todos estos años a mi hija para hacerme daño, para hacerme sufrir, nunca la ha querido, se la llevó para tenerla como un mueble en su casa».
María Salmerón ha sido condenada 4 veces por delito de desobediencia continuada por, según las sentencias, no cumplir con el régimen de visitas. «Pero no es que yo no cumpliera, es que él hacía todo para que las visitas no se dieses, presentaba tarde los días y horas en las que podía estar con la niña. Yo tenía una orden de alejamiento en su contra, por las denuncias de maltrato, así que las visitas se hacían en un Punto de Encuentro Familiar y él tenía que informar al juzgado cuándo podía verla y siempre enviaba sus horarios cuando ya había pasado el día».
Indultada 3 veces, María Salmerón no ha corrido con la misma suerte con la 4 sentencia. «Tres veces ha sido indultada por gobiernos de derechas y ahora que gobierna un gobierno dizque progresista me niegan el indulto, porque no hay separación de poderes. La ministra de Justicia y de Defensa son juezas y el ministro del Interior, también; yo no puedo demostrar que este trío haya interferido en la decisión de no indultarme, pero lo creo. Es muy injusto lo que me están haciendo, es tortura. Me han empobrecido con tantos procesos y multas que he tenido que pagar y si ahora entro en prisión quién va a ayudar a mi hija».
Érase una vez…
Desde hace 20 años la vida de María y su hija, que ahora tiene 21 años, ha discurrido por los pasillos de los tribunales de Sevilla sin encontrar justicia. En 2002 María Salmerón denunció a su expareja, Antonio Ruíz Daza por abuso sexual, maltrato habitual, lesiones y amenazas. En 2008 Ruíz Daza fue condenado sólo por maltrato habitual a 21 meses de prisión y al pago de 9.000 euros como reparación civil, pero no entró en la cárcel porque la condena era de menos de 2 años y no tenía antecedentes penales.
A pesar de eso, Ruiz Daza recurrió la sentencia ante el Tribunal Supremo, que en la resolución del recurso, confirma la sentencia de primer instancia y reconociendo los actos de violencia denunciados, justifica que sólo haya sido denunciado por maltrato habitual, diciendo, por ejemplo, que aunque hay pruebas del deterioro de la salud mental y emocional de María, como certifica su diagnóstico médico, este al haber sido posterior al maltrato, no significa perse que su origen sean justamente los abusos y la violencia sufrida. O sea, un trabalenguas en toda forma.
El Tribunal Supremo también dice en su sentencia de casación, la cual ha sido leída por teleoLeo.com, que a Ruiz Daza no se le puede condenar por abuso sexual, porque aunque María Salmerón le explicó a una amiga que él la obligaba a tener relaciones sexuales cuando ella no quería, «tenía que cumplir como mujer» así que asegura el Supremo: «[…] no se puede confundir falta de deseo con falta de consentimiento, pues ella, al decir tenía que «cumplir con su deber de mujer» estaba consintiendo». Sin embargo, decirle a los jueces que si una mujer no desea, no consiente.
María denunció a su exesposo por abuso sexual, porque en el tercer trimestre de embarazo su ginecólogo le dijo que no podía hacer ejercicios bruscos y ella no quería tener relaciones sexuales, pero cedía ante la insistencia de Ruíz Daza, «porque así me habían enseñado, que una mujer no le podía decir que no al marido». Los jueces tampoco tomaron en cuenta lo que afirman en la propia sentencia cuando dicen que María era maltratada e insultada por su pareja, que cambio su manera de vestir y de comportarse desde que convivió con él, incluso, dice la sentencia que ella se alejó de sus amigos para evitarse problemas.
Antonio Ruiz Daza tampoco fue condenado por maltrato psicológico, porque según la sentencia de primera instancia, a pesar de que los diagnósticos presentados en los que se deja sentado que desde 1999, año en el que comenzó la convivencia entre Antonio y María, ella comenzó a recibir tratamiento psiquiátrico para «superar los problemas familiares que sufría», no se podía asegurar tajantemente que las afecciones que acusa «fuesen consecuencia de los malos tratos sufridos».
Víctima revictimizada
Todas las razones dadas en las sentencias por las y los jueces que han intervenido en los procesos en los que se ha visto envuelta María, han cuidado más los derechos de su maltratador que los de ella y su hija. La justicia, ademas, la condena por desobediencia continuada, a pesar -según afirma- de que cuando su hija tenía 15 años y se negaba a ver su padre, dos jueces aceptaron que si no quería acudir a las visitas parentales no podían obligarla y que tenía la suficiente madurez para tomar esa decisión.
María asegura, además, que la están condenado «con una ley de hace más de 100 años, sin tomar en cuenta los tratados internacionales como el Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica», tratado del cual España es firmante y que prevalece sobre su ordenamiento legal. Con esta condena la justicia también hace caso omiso a la ley que, desde el último trimestre de 2021, ordena que los padres con investigaciones y condenas por violencia de género pierden la custodia de hijas e hijos.
«Yo lo único que he hecho todos estos años es proteger a mi hija, no podía obligarla a mantener el vínculo con su padre, ella se negaba de todas las maneras a verlo y él nunca hizo nada por tener una verdadera relación con ella. Cuando nos separamos me dijo «te voy a coser a denuncias» y así lo he hecho, se ha dedicado a destrozarnos la vida y ahora debe de estar feliz viendo como en pocos días puedo entrar en prisión», dijo María Salmerón a teleoLeo.com en entrevista concedida hace unas horas.
Esperemos que en la audiencia de este miércoles la justicia española se suba al carro de la modernidad y del respeto de los derechos de mujeres y niñas, y no cometa el atropello de encarcelar a una mujer que viene siendo victimizada por su expareja, pero no solo por él, si no también por el sistema judicial que también la ha convertido en víctima de violencia institucional. Del relato de María Salmerón, repetido desde hace más de una década en medios, también podemos decir que sido víctima de violencia vicaria.
La violencia vicaria es aquella que los maltratadores ejercen sobre las mujeres a través de sus seres queridos, sobre todo, de sus hijas e hijos porque ya no las tienen a mano para seguir, como consigna la sentencia que condena a Antonio Ruiz Daza por malos tratos continuados, arrastrando por los cabellos a María, insultándola en público, obligándola, según tremendo oxímoron judicial, a tener sexo no deseado, pero sí consentido. María necesita que su caso sea visto por la justicia con perspectiva de género y que le permitan por fin vivir tranquila.
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