Texto y vídeo entrevista: Leonor Pérez-Durand
Desobediencia y resistencia a la autoridad, estos son los delitos que se le imputarían a Ernesto Carlin Gereda, editor jefe del suplemento cultural del diario El Peruano, por no devolver a la menor de sus hijas a su expareja. En 2019 la justicia también le ordenó entregar a la mayor de las niñas, sin embargo, ambas continúan en su poder y la madre sólo puede visitarlas
«Tammy me dijo que, en mi caso, tenía que presentar denuncia contra del padre de mis hijas por maltrato psicológico contra ellas y contra mí en el CEM de Surco y que ellos acompañarían esa denuncia para hacerla en la comisaría o en la Fiscalía de Familia». Tammy es Lorena Quintanilla Zapata, asesora del Despacho Ministerial del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, y en estas líneas aconseja a una mujer como debe de proceder en su caso: su expareja no le permite ejercer la custodia compartida de sus hijas.
«El maltrato psicológico es por el impedimento de asistir al colegio de mi hija menor y por no hacerla seguir las clases virtuales, también por no alimentarla de manera adecuada y por no hacer seguimiento de su salud. En mi caso el maltrato es por el incumplimiento de la conciliación que en 2015 nos da la custodia compartida de nuestras hijas». Rita Barrientos es la mujer a quien la asesora del Despacho Ministerial, del MIMP, le dice la hoja de ruta para exigir se cumplan las sentencias que ordenan a su expareja entregarle a sus hijas.
«Por ignorar el mandato judicial, ya que el acuerdo de conciliación se hizo en el ámbito judicial, corresponde el proceso penal de desacato y resistencia a la autoridad. En el proceso de variación de tenencia informar al juzgado que el proceso de tenencia lo vio otro juzgado de familia. Por impedir el ejercicio al derecho a la educación cabe demanda de contravención, porque se trata de un derecho fundamental», sigue diciendo Quintanilla Zapata a Rita Barrientos, la madre afectada, sobreviviente de violencia vicaria, la más cruel de las violencias de género.
Seguidos los consejos de la asesora y luego de unos días Barrientos vuelve a escribir a la asesora comunicándole que el CEM de Surco le ha dicho que -luego de la visita y entrevista a su hija menor- no ven indicadores de violencia, que todo está bien; respecto al colegio, dan al padre dos semanas para que la matricule. «No importa que estemos ya en junio, tampoco importan los informes, ni los vídeos, ni audios que tengo, ni siquiera han averiguado cuál ha sido la situación de mi hija en el colegio. Me dicen que la relación es normal, que puedo visitarlas».
Tres semanas han pasado desde los mensajes envíados por Barrientos a la asesora, cuatro desde la respuesta del CEM. «La asesora no me ha vuelto a contestar y sólo hace pocos días mi hija pequeña está a prueba en un colegio. Yo ya no sé que hacer. Estoy absolutamente decepcionada del MIMP, primero me dicen que el CEM me apoyará porque mi reclamo es justo y cuando el CEM dice que no, guardan silencio. También he ido a la Defensoría del Pueblo y ellos dicen lo mismo, que luego de entrevistar a mi hija ven que no sufre ningún tipo de violencia y que todo está bien».
Cronología de la violencia vicaria

Ernesto Carlín Gereda, editor-jefe de la sección de Cultura del Diario «El Peruano» y profesor de la Universidad Nacional Federico Villarreal y de la Científica del Sur, es la expareja de Rita Barrientos y padre de sus hijas; según ella, en diciembre de 2014 rompe la relación y se va de casa con sus hijas: «Me fue infiel y comenzó a maltratarme psicológicamente» dice ella. Él visitaba a sus hijas pero, «en febrero de 2015 me pidió llevárselas unos días y no las devolvió; en octubre firmamos la custodia compartida vía conciliación y sólo recuperé a la más pequeña de mis niñas».
Según Barrientos, la hija mayor se quiso quedar con el padre: «Me dijo que se quedaría sólo y que estaría triste». En 2018 una resolución judicial ordenó que Carlín Gereda entregase la hija mayor a su expareja, él apeló y perdió. En enero 2019 otra resolución judicial le ordenaba cumplir con el mandato de la anterior, estamos a 2022 y la niña sigue separada de su madre hace ya 4 años, «y aunque, según el MIMP está cometiendo desacato y resistencia a la autoridad, no hay quien lo obligue a cumplir las sentencias», asegura, frustrada, Barrientos.
En 2019, COVID mediante, Barrientos vuelve a quedarse sin sus dos hijas, según explica, Ernesto Carlín le pidió la niña que vivía con ella para que pasara un par días en su casa, como habían suspendido las clases presenciales -por el virus- su hermana mayor quería estar con ella. «Se la di, horas después dictaron confinamiento, le dije a Ernesto que iría a recogerla, me dijo que mi hija mayor estaba ilusionada con estar juntas, que la deje los 15 días de confinamiento. Luego rhubo estricción de movimiento para menores de 13 años, luego estado de emergencia; él siempre tuvo el pretexto perfecto para no devolvérmela».
Desde ese momento Rita Barrientos no ha podido recuperar a la hija que vivía con ella. «Mi hija mayor ya no quería ni interactuar conmigo, me era hostil y no lo digo yo, lo dice el examen psicológico que le practicaron». El examen al cual ha tenido acceso teleoLeo.com también dice que la niña no está dispuesta a relacionarse con la madre de manera afable: «[…] se aprecia a una niña aliada de su padre, en desmedro de la madre, con características de crianza indulgente y permisiva es demandante, caprichosa, intolerante».
Respercto al padre, el examen, realizado por los psicólogos del Equipo Multidisciplinario, dice: «Asume actitud permisiva frente al rechazo de su hija mayor hacia la madre y, aunque, verbalmente expresa deseo de colaboración, con conductas no verbales obstruye el contacto materno filial y valida conductas inadecuadas y de violencia hacia la madre, lo que está perjudicando la estabilidad emocional de la niña». De la madre: «Se aprecia que intenta un acercamiento asertivo con su hija, pero sus avances son escasos por las dificultades antes descritas».
El informe concluye: «Se sugiere que la niña reciba terapia psicológica orientada al control de impulsos, respeto por las normas y restablecimiento del vínculo materno-filial. Se sugiere terapia psicológica al padre a fin que deje de obstruir la relación madre e hija» […] «Ahora bien, de lo antes expuesto, se advierte también que la conducta del padre respecto a la crianza de dicha menor no es la más adecuada […] lo que trae como consecuencia un desmedro emocional no sólo a la progenitora, principalmente a la misma menor».
La sentencia de 2019, respuesta de la apelación de Ernesto Carlin en contra de la entrega de su hija mayor emitida en 2018, señala, además, que de no cumplir con la orden judicial, el día y hora señalados, Carlín tendría que pagar una multa, «por su manifiesta inconducta procesal y desacato a la autoridad judicial». La asesora de la ministra del MIMP dijo lo mismo a Barrientos, pero cuando el CEM de Surco contestó «no hay indicadores de violencia», la asesora calló.
«Lo único que tengo hasta ahora, son visitas con mis hijas, pero sólo en casa de Ernesto Carlin, no puedo sacarlas. Ahora, al menos, puedo entrar a su domicilio, al principio las visitas eran en su cochera. Sólo quiero tener a mis hijas, sólo quiero justicia» dice Barrientos. teleoLeo.com entrevistó a esta mujer y nos explicó su caso, uno más a la larga lista de casos de violencia vicaria que ni siquiera es reconocida en nuestro país.
«Ni las educa, ni las cuida»
Un informe escolar de junio de 2021 dice que no pueden asegurar que la hija menor, esté siguiendo las clases virtuales, porque «no prende la cámara ni ha contestado las llamadas, en las normas de la institución estas dos actitudes responden a una falta de asistencia, sin embargo, en el afán de ayudar y apoyar a la estudiante en muchas oportunidades se ha considerado su ingreso». No se entiende la actitud del colegio, si según sus normas, cámara apagada y llamada no contestada significan ausencia: ¿por qué pasan por alto sus normas?
«Este problema es desde el primer día de clase que fue el 8 de marzo, se explicó al padre y la comunicación ha sido continua con él, sin cambio alguno, el día 22 de abril realizamos una reunión con el papá el Sr. Ernesto Carlín Gereda y la coordinadora de primaria, porque la situación persistía y era preocupante la cantidad de faltas en todas las áreas, el padre se comprometió a brindar apoyo a la niña, pero hasta el día de hoy todo sigue igual. El porcentaje de faltas del primer bimestre fue de 52%», continúa el informe.
Y abunda: «[…] al no prender la cámara ni responder llamadas, resulta imposible hacer seguimiento del avance, el padre indica que ella está presente, pero no presenta tareas, ni cuadernos, ni libros, en marzo se le indicó este problema y se le comunicó que le ampliaría los plazos de entrega hasta el 30 de marzo, se comprometió y nunca presentó nada». Sobre esto, la asesora de la ministra del MIMP dijo a Barrientos que cabía «demanda de contravención, porque la educación es un derecho fundamental», sin embargo, a esto el CEM también dijo, «no».
Otro problema es la alimentación, según Barrientos, Carlín Gereda no ejerce control sobre lo que comen las niñas: «Mi hija menor come dulces todo el tiempo, a veces, no almuerza porque está repleta de dulces; duerme tarde. Ella es feliz porque come lo que quiere y duerme cuando quiere, no la controlan, no le dicen nada; tanto es así que ni estudia, estamos casi hasta mediados de junio y no la había matriculado en un colegio y esto al CEM le parecía normal, al MIMP le parecía normal y hasta a la Defensoría del Pueblo le parecía normal. Nadie veía maltrato».
Informe escolar errado presentado por el padre
En una demanda de alimentos presentada por Ernesto Carlin Gereda, en contra de Rita Barrientos en la que señala la «real falta de preocupación de la demandada respecto al desarrollo de nuestras hijas» y ofrece como prueba de «preocupación por los estudios de mi hija», la libreta de notas según la cual la más pequeña de las niñas «aprobó todas las materias con «A», vale decir promedio de 15 a 16, si bien no registra excelencia académica, son notas de nivel promedio. Calificativo que se registra en todos los trimestres», asegura Carlin.
Barrientos al enterarse de la existencia de este informe que, según afirma, no correspondía a la realidad, preguntó al colegio por qué habían emitido el documento diciendo que todo estaba bien con su hija pequeña si ellos mismos les habían advertido de la falta de seguimiento del curso escolar por parte de la niña. Y el colegio respondió: «Cabe resaltar que no se ha alterado ni manipulado calificativo alguno. Es nuestro deber aclarar el error cometido al momento de entregar al padre de familia la boleta de notas».
Y continúa diciendo que el informe que se entregó al padre no era el correcto debido a un error en su base de datos: «Definitivamente, esto se prestó para una mala interpretación. De parte de la madre, quien sostenía que las notas habían sido adulteradas. De parte del padre, quien podría pensar que a la estudiante le fue muy bien en todo el año, cuando él, a ciencia cierta, sabe que no fue así. Este proceder nos extraña profundamente, ya que al saber que no era así, debió haber presentado su reclamo de inmediato».
Violencia de género, violencia familiar
En marzo de 2016 la fiscal de la 1ra fiscalía provincial de Lima interpuso demanda de violencia familiar en contra de Ernesto Carlina Gereda por maltrato físico a su exesposa y por violencia psicológica contra ambos en agravio de sus hijas. En agosto de 2016 se declaró fundada la demanda de violencia física en contra de Rita Barrientos, otorgándole medidas de protección. Ademas, se declaró infundada la demanda de violencia psicológica contra Gereda y Barrientos en agravio de su hija mayor y fundada la demanda en agravio de la más pequeña.
En septiembre de 2017 la 1ra sala especializada de Lima de la CSJL enmendó la sentencia de agosto de 2016 y declaro fundada la denuncia en contra de Ernesto Carlin por violencia psicológica en contra de su hija mayor y se ordenaron medidas de protección para la niña, entre ellas: cese de la violencia en su contra, evaluación psicológica y que se le brinde terapia. Extraña que entre las medidas de protección no estuviese el alejamiento de la niña de «su maltratador», según califica la sentencia.
Desobediencia y resistencia a la autoridad
El 15 enero de 2021 la justicia dio a Carlin Gereda 5 días para entregar su hija pequeña a su exesposa, pero no cumplió. El 14 de junio la policía fue a su casa para que entregase la niña a la madre, pero dijo que su hija estaba con él desde un día antes de que se iniciara el confinamiento y que «por cuestiones de salud no la entregaría». El 22 de junio el 6º juzgado de familia emitió una nueva resolución volviendo a ordenar a Carlin Gereda la entrega de su hija menor y si no, sería denunciado por desobediencia y resistencia a la autoridad ante la fiscalía.
«Me han dicho que la denuncia por incumplir la conciliación sí ha llegado a la fiscalía, ahora sólo queda esperar. Desde que la firmamos, en octubre de 2015, tenemos la custodia compartida de las niñas, pero él nunca la ha cumplido, pues desde febrero de 2015 ya se había llevado a mis hijas y con la conciliación sólo me devolvió a la pequeña. En 2017, debido a que mi hija mayor rechazaba verme, se ordenaron 7 visitas en una casa de acogimiento, sólo se cumplieron 3 y encima él llegaba tarde con la niña y no facilitaba las cosas», dice Barrientos.
En octubre de 2015, Rita Barrientos y Ernesto Carlin firman una conciliación por la cual obtienen la custodia compartida de sus hijas, pero Rita Barrientos sólo recupera a su hija pequeña. En enero de 2019 otra resolución ordenó la entrega de la hija mayor, pero Carlin no la cumple y desde marzo de 2019 también retiene a la hija menor. A pesar de todas resoluciones judiciales que ordenan entregar a las niñas, a junio de 2022, Carlin no cumple y Barrientos continúa viendo a sus hijas en su casa sin derecho a sacarlas.
«Carlin es demasiado permisivo con mis hijas, para ellas, estar con él, es como un largo recreo, tan largo que la menor ni siquiera ha cumplido con estar conectada durante las clases online y ahora, recién a finales de junio está de prueba en una escuela. Lo peor es que, por ejemplo, desde el CEM de Surco me dicen que yo también soy responsable por la educación de mi hija y sí, lo soy, pero yo qué puedo hacer si no está conmigo, si él no me permite intervenir en nada», dice Barrientos.
Violencia vicaria
Rita Barrientos es una víctima más de violencia vicaria, la que ejercen los hombres cuando la pareja les dice, hasta aquí nomas. Generalmente, las mujeres rompen el vínculo para huir de la violencia física o psicológica que sufren y como el supuesto maltratador ya no las tiene a su alcance, objetiva a sus propias criaturas convirtiéndolas en el medio para continuar maltratando a su expareja.
Son signos de violencia vicaria:
- Separar o pretender a la mujer de hijas e hijos,
- Hablar mal de las madres a sus criaturas
- No pagar los alimentos
- Ejercer lawfare sobre a la mujer o lo que se conoce guerra jurídica, interponiéndole demanda tras demanda para desestabilizarla y empobrecerla, con el fin de desarticularla y de demostrarle quien manda.
Violencia vicaria señalada y castigada
En algunos Estados de México la violencia vicaria ya está reconocida dentro de su legislación. En abril de 2022 el Congreso de Zacatecas aprobó una reforma para que esta violencia que afecta a mujeres, niñas, niños y adolescentes estuviese reflejada en la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, así como de sus códigos locales familiar y penal. Este junio, el Congreso de Yucatán ha hecho lo mismo.
Zacatecas
«La violencia vicaria es cualquier acto u omisión, por parte de la pareja o expareja sentimental de una mujer que inflija a personas con las que esta tenga lazos de parentesco civil, por consanguinidad hasta el cuarto grado o por afinidad hasta el segundo grado, un daño, menoscabo o sufrimiento de cualquier naturaleza con el propósito de causar perjuicio o daño psicológico, patrimonial, físico o de cualquier otra índole a la mujer».
Yucatán
A principios de junio de este año, el Congreso de Yucatán reconoció la violencia vicaria como un delito cometido exclusivamente contra mujeres y vía modificación de su Código Penal estableció condena de hasta 8 años de prisión para quien la ejerza.
Y en Europa…
En España, desde 2011 son 78 las niñas y niños asesinados por sus padres. De estos, sólo 47 son contabilizados como crímenes de violencia de género pues es recién en 2013 cuando la psicologa forense Sonia Vaccaro acuña el término de violencia vicaria, para referirse a la violencia que ejerce el hombre en contra de la mujer que decide dejarlo.
La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, vía modificación realizada en 2021 reconoce la violencia vicaria, como la violencia de género que «también comprende la violencia que con el objetivo de causar perjuicio o daño a las mujeres se ejerza sobre sus familiares o allegados menores de edad, tal y como se proponía en la medida 198 del Pacto de Estado».
La medida 198 del Pacto de Estado Contra la Violencia de Género recoge la violencia vicaria como «el daño más extremo que puede ejercer el maltratador hacia una mujer: dañar y/o asesinar a los hijos/as» y a las sobrevivientes les otorga medidas de apoyo psicosocial, laboral, seguridad social y derechos económicos recogidos en la Ley de Protección Integral contra la Violencia de Género.
México, habría adelantado a España respecto a la penalización de la violencia vicaria pues ya tiene tipificación y condena en su Código Penal, sin embargo, mientras esto no ocurre, por estas tierras se van dando pasos para retirar la custodia e incluso suspender la patria potestad a los progenitores investigados y/o condenados por violencia de género.
Según una reforma del artículo 94 del Código Civil que entró el vigor en 2021: «No procederá el establecimiento de un régimen de visita o estancia, y si existiera se suspenderá, respecto del progenitor que esté incurso en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o sus hijos. Tampoco procederá cuando la autoridad judicial advierta, de las alegaciones de las partes y las pruebas practicadas, la existencia de indicios fundados de violencia doméstica o de género».
También, según modificación del artículo 158 del Código Civil: «[…] el Juez puede acordar la suspensión cautelar en el ejercicio de la patria potestad y/o el ejercicio de la guarda y custodia, la suspensión cautelar del régimen de visitas y comunicaciones establecidos en resolución judicial o convenio judicialmente aprobado y, en general, las demás disposiciones que considere oportunas, a fin de apartar al menor de un peligro o de evitarle perjuicios en su entorno familiar o frente a terceras personas, con la garantía de la audiencia de la persona menor de edad».
Hecha la ley, hecha la…
Lamentablemente, según el Consejo de Europa, a través del Grupo de Expertos en la lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica (Grevio), en España: «La retirada de la patria potestad a padres violentos sigue siendo la excepción, a pesar de la persistencia del riesgo de daño para las madres maltratadas y sus hijos».
El GREVIO, alerta, además, que esto ocurre a pesar de que España tiene una legislación con «un amplio rango de posibilidades para suspender, limitar o regular el ejercicio de los derechos paternales a los padres maltratadores». El colectivo Libres de Violencia Vicaria que agrupa una treintena de madres afirma que, hasta el momento, ninguna de ellas ha sido beneficiada con la medida.
Así que como siempre, el patriarcado gana y cuando gana, mujeres e infancias pierden. Rita Barrientos es peruana y vive en Perú, pero cuando de violencia de género hablamos, la injusticia y la falta de reparación es universal.
Rita Barrientos es víctima de violencia de género, con medidas de protección en contra de su expareja, Ernesto Carlin. También hay resoluciones judiciales que acreditan que la hija mayor de ambos es víctima de violencia psicológica por parte del padre y que ordenan a Carlin entregar las niñas a Barrientos y cumplir con la custodia compartida. Todo hay, pero nada se cumple.
No sirve que una sentencia diga «se ordena bajo apercibimiento de multa o prisión«, si la autoridad competente no la hace cumplir. Rita Barrientos no sólo es víctima de violencia de género, también lo es de violencia institucional, concepto que Catalunya, Comunidad Autónoma española, ya ha incorporado en su legislación sobre violencia de género. Esperemos que la lucha de Barrientos dé frutos y pueda recuperar a sus hijas.
