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Juan Carlos Cautter Boggiano: denunciado por abuso sexual y estafa por varias mujeres, acusa a teleoLeo.com de difamarlo y ·exige· rectificación y despublicación

Juan Carlos Cautter Boggiano: denunciado por abuso sexual y estafa por varias mujeres, acusa a teleoLeo.com de difamarlo y ·exige· rectificación y despublicación

Publicado: 2024-12-05 20:37:09

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Texto: Leonor Pérez-Durand/Periodista

Los medios digitales y las redes sociales han democratizado la difusión de noticias y tienen al patriarcado con episodios de histerias individuales y colectivas. En la otra acera están las mujeres llevando sus casos a los juzgados y a la prensa, y esto no lo pueden tolerar los denunciados, porque se perdona el pecado, pero no el escándalo. Sin embargo, la libertad de expresión existe y se respeta

Este martes 3 de diciembre, tras 48 horas de haber publicado la nota “Justicia patriarcal: cuando se trata de violencia contra las mujeres ni las denuncias múltiples obtienen justicia”, que incluía diversos casos de denuncias de violencia de género donde, a pesar de que varias mujeres señalen a un mismo supuesto agresor, la justicia peruana archiva casos o anula sentencias, Juan Carlos Cautter Boggiano, uno de los mencionados pues varias mujeres lo han denunciado formalmente por delitos sexuales y estafa, escribió a mis redes "exigiendo" que en 72 horas retire el contenido.

Lima 3 de Diciembre 2024

Señora:
Leonor Pérez-Durand
TeleoLeo.com

De mi consideración,

En ejercicio de mi derecho constitucional a la defensa de mi honor y reputación, conforme al artículo 2°, inciso 7, de la Constitución Política del Perú, y al artículo 132° del Código Penal, me dirijo a usted para exigir la eliminación inmediata del contenido publicado en su artículo titulado "Otra de las múltiples denuncias de abuso en Perú", en el cual se me menciona de forma difamatoria y sin sustento probatorio.

El contenido difundido por su medio representa un riesgo significativo y potencialmente devastador para mi imagen personal y profesional. Las afirmaciones vertidas en dicho artículo, basadas únicamente en testimonios no verificados y en un proceso aún en curso, vulneran el principio fundamental de presunción de inocencia consagrado en nuestro marco jurídico.

Impacto potencial:
Al tratarse de un artículo reciente, el daño directo aún puede parecer limitado, pero su publicación en un medio accesible y de difusión masiva pone en grave riesgo mi reputación, ya que puede generar consecuencias irreversibles. Esta información, al ser presentada sin contexto ni corroboración adecuada, puede inducir a terceros a formarse una percepción errónea sobre mi persona, afectando mi integridad moral y mi carrera profesional, construida con años de esfuerzo y dedicación.

Responsabilidad de su medio y usted como autora:
Le recuerdo que la difusión de información difamatoria a través de plataformas digitales amplifica el perjuicio, exponiéndome a un escrutinio injusto y desproporcionado, incluso antes de que las investigaciones concluyan. Según el artículo 132° del Código Penal, este tipo de actos constituye Difamación Agravada, especialmente cuando se emplean medios de comunicación para amplificar dichas afirmaciones.

Solicitud específica:
Por tanto, solicito la eliminación inmediata del artículo y cualquier referencia difamatoria en sus plataformas digitales. Además, requiero que se abstenga de publicar información no contrastada o parcial que pueda afectar mi imagen y buena reputación. De no cumplir con esta solicitud en un plazo máximo de 72 horas, me veré en la obligación de ejercer las acciones legales pertinentes por la comisión del delito mencionado.

Compromiso ético y rectificación:
Confío en que su compromiso con un periodismo ético y responsable la llevará a evaluar con cuidado el contenido que difunde. La protección de los derechos de las personas, incluidos los míos, debe prevalecer sobre cualquier intento de sensacionalismo.

Sin otro particular, me despido.

Atentamente,

Juan Carlos Cautter Boggiano

Respuesta de teleoLeo.com

Para difamar, faltar al honor y perjudicar la reputación de alguien hace falta dolo e intención, en el caso de una nota periodística esto ocurre cuando lo que se explica es una mentira o varias con el único objetivo de perjudicar a alguien, sin embargo, señalar que varias mujeres han denunciado formalmente por delitos sexuales y estafa a Juan Carlos Cautter Boggiano, no es mentir, señalar que en la cuenta @testimonios_de_acoso, de Instagram, se puede leer: «Ya somos más de 60 víctimas de violencia sexual y estafa por parte de Juan Carlos Cautter Boggiano», tampoco es mentir.

Las denuncias contra Cautter han sido dadas a conocer desde 2023 en varios medios de comunicación:

ATV: Joven reveló mas detalles del acoso sexual que habría sufrido por coach laboral

El Foco: Buscador de empleos y editor de “La República” acusados de acoso sexual

Día D - Nuevas Víctimas de presunto acoso sexual

La valvula: Cazador de empleos se convierte en acosador

La República: Acusan a “coach laboral” de haber acosado sexualmente a más de 40 mujeres, luego de estafarlas

teleoLeo.com referenció las denuncias contra Juan Carlos Cautter Boggiano, para mostrar cómo la falta de diligencia en el sistema de justicia revictimiza a las mujeres, pues este caso fue archivado en abril de 2024, a pesar de que la fiscalía no había culminado con todas las diligencias de la investigación, tales como las declaraciones de todas las denunciantes o las pericias psicológicas.

La fiscalía que archivó las denuncias fue la Primera Fiscalía Provincial Transitoria Corporativa Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, 2do despacho; el fiscal firmante es Víctor Ccallo Chirinos. La defensa de las denunciantes apeló y en septiembre de este mismo año, la fiscal Betty Espinoza Rivas, de la Fiscalía Superior Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, ordenó reabrir el caso y ampliar las investigaciones.

Así que no, teleoLeo.com no ha mentido ni difamado ni faltado al honor de nadie, menos tratándose de que ha hecho referencia a un caso con una investigación fiscal abierta.

La Ley por delante

Juan Carlos Cautter inicia su comunicación haciendo referencia al artículo 2°, inciso 7, de la Constitución Política del Perú, y al artículo 132° del Código Penal, «en ejercicio de mi derecho constitucional a la defensa de mi honor y reputación», dice. Y me “exige” «la eliminación inmediata del contenido publicado en su artículo titulado "Otra de las múltiples denuncias de abuso en Perú"», porque, según él, lo menciono «de forma difamatoria y sin sustento probatorio».

Siguiendo con la Constitución, en su “exigencia”, el señor Cautter no toma en cuenta que la Constitución también garantiza la libertad de información y de expresión en el mismo artículo 2º, inciso 4:

4. A las libertades de información, opinión, expresión y difusión del pensamiento mediante la palabra oral o escrita o la imagen, por cualquier medio de comunicación social, sin previa autorización ni censura ni impedimento algunos, bajo las responsabilidades de ley. Los delitos cometidos por medio del libro, la prensa y demás medios de comunicación social se tipifican en el Código Penal y se juzgan en el fuero común. Es delito toda acción que suspende o clausura algún órgano de expresión o le impide circular libremente. Los derechos de informar y opinar comprenden los de fundar medios de comunicación.

Constitución Política del Perú

...Además

Según el Acuerdo Plenario nº3-2006/CJ-116, no se debe censurar el derecho a la información ni a la libertad de expresión cuando se trata de temas públicos relevantes, como lo es la lucha contra la violencia ejercida sobre las mujeres.

Cabe recalcar que lo dicho por teleoLeo.com en la nota, causante del enojo de Juan Carlos Cautter Boggiano, concurre la veracidad que señala el Acuerdo Plenario y cuenta con "sustento probatorio" pues se basa en una investigación fiscal en curso y en la lectura de las denuncias formales presentadas en su contra.

Imputación

Hay varias imputaciones que el denunciado hace sobre mi trabajo y de como lo estaría perjudicando, no me referiré a todas porque resultaría cansina, sin embargo, sólo diré que desde mi blog, teleoLeo.com, no se ha difundido información difamatoria ni falsa, pues lo expresado en la pieza periodística, motivo de la queja, es consecuencia de la lectura de las resoluciones fiscales mencionadas.

Cautter también reclama que no di contexto al caso en su contra, sin embargo, en la nota he explicado que las mujeres que lo denuncian por abuso sexual y estafa, aseguran que los hechos habrían ocurrido tras contratarlo para asesorarlas en su búsqueda de empleo, si no me he explayado más es porque el motivo de la nota era evidenciar, a través de la enumeración de casos, que las mujeres no son creídas aunque varias denuncien al mismo supuesto agresor y eso es una muestra más de que la justicia no es para ellas, causándoles mayor angustia cuando dan el paso para obtener justicia y reparación.

Pero Juan Carlos Cautter Boggiano, puede estar tranquilo; siempre habrá tiempo para explayarse con las denuncias en su contra, porque este caso no ha hecho más que recomenzar su andadura en el sistema de justicia.

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Etiquetas:
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