Denuncias y testimonios de violencia de género, violencia machista y violencia estructural
Apartar a los hijos de su madre es una de las manifestaciones de la violencia vicaria, aquella que ejercen los hombres cuando sus parejas deciden separarse o ellos creen que quieren dejarlos. La pérdida de poder sobre sus víctimas hace que recurran a hacerlas sufrir con lo que más quieren, su hijos. Ana Gaivao sufre el arrancamiento de sus criaturas por parte de su expareja y ha sido revictimizada por la justicia peruana en su deficiente respuesta a su demanda de restitución de sus pequeños.
Publicado: 2025-07-17 22:10:00
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¿Dónde están Rafael y Felipe?215 Fernando Menéndez Zepilli, el padre de los pequeños de 5 y 3 años de edad, sigue reteniéndolos y con ello desobedece el derecho civil internacional y nacional. A horas de la nueva fecha de entrega de los niños, Ana Gaivao Cordovil, madre de los pequeños, teme que pueda volver a trasladarlos de país, tal como hizo hace casi un año, cuando se los llevó de Madrid, ciudad donde residían con ella desde 2023. Existe un impedimento judicial de salida del país de los niños, pero el temor es real, si se tiene en cuenta que Menéndez es un hombre con poder económico y podría "encontrar" las "ayudas" necesarias para seguir burlando a la justicia.
El miércoles 9 de julio Menéndez debía entregar a los niños a Gaivao, para su "cuidado provisional exclusivo", mientras se resuelve la demanda de restitución presentada por ella, en el marco del Convenio de Sustracción Internacional de Menores de La Haya 1980, así lo afirma la resolución emitida por el juzgado 16º de Familia de Lima, donde la jueza Yessica Castillo Celmi lo había citado para cumplir con la disposición judicial, sin embargo ni él ni ninguno de sus abogados se presentó.
Dos días después y ante un medio online Edgard Lastarria, uno de los abogados de Menéndez, socio del estudio Simon & Lastarria -a quien teleoLeo.com le ha dirigido hace más de una semana algunas preguntas que no ha contestado- manifestó, de manera enrevesada, que su cliente no acudió a la cita judicial porque no había sido notificado con la anticipación debida.
El dicho del abogado se corresponde con su pedido de prorroga de la audiencia de entrega de los niños, presentada el día 8 de julio, el pedido se avala en el artículo 147 del Código Procesal Civil que establece en 3 días hábiles el plazo para notificar de un proceso, pero la jueza Castillo Celmi no aceptó la prorroga, porque si bien es cierto les notificaron de manera física el día 4 de julio, el día 1 lo habían hecho vía casilla electrónica
La jueza sustentó su respuesta con el artículo 157 del Código Procesal Civil: “La notificación de las resoluciones judiciales, en todas las instancias, se realiza por vía electrónica a través de casillas electrónicas implementadas".El abogado también ha señalado que es falso que los niños no se encuentren en le domicilio consignado por su cliente en el proceso, es decir, en casa de los abuelos paternos, tal y como ha señalado la madre, sin embargo, Ana Gaivao cuenta con dos constataciones policiales, según las cuales, nadie abre abrió la puerta a los efectivos.
Es necesario señalar que la audiencia de entrega del 9 de julio es consecuencia de la medida cautelar emitida por la Primera Sala Especializada de Familia de Lima el 9 de junio en la que se entrega a Ana Gaivao el "cuidado provisional" de sus hijos, con visitas para el padre, a la espera de la resolución del proceso de Sustracción Internacional de Menores de edad.
De esa resolución ambos padres fueron notificados el 12 de junio, ese mismo día Menéndez presentó una apelación en contra y el día 13 presentó otra, es decir, desde el día 12 de junio Menéndez sabía que la justicia lo conminaba a entregar a los pequeños Rafael y Felipe a su madre, y sabía además que en su texto daba por "acreditada" que había trasladado a sus hijos de España a Perú sin el consentimiento de la madre, que en esos momentos y ante la ausencia de él, ejercía la tenencia de hecho de los niños.

La resolución del 9/06 considera acreditado que Menéndez traslado a sus hijos sin el consentimiento de la madre de los niños
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La nueva fecha para la entrega de los niños ha sido señalada para este viernes 18 de julio, Ana Gaivao espera que esta vez Menéndez obedezca el mandato judicial, tal y como se comprometió su también abogada Lourdes Flores Nano ante el Tribunal Constitucional. Al haber fallado a la cita del 9 de julio, Menéndez deberá cumplir con el pago de la multa de 2.500 soles, señalada por la jueza Castillo Celmi, alrededor de 700$, y si vuelve incumplir lo que correspondería sería detenerlo por 24 horas, así lo estipula el Código Procesal Civil y así lo ordenó la misma jueza en otro caso de restitución.
Código Procesal Civil Artículo 53.2.- Disponer la detención hasta por veinticuatro horas de quien resiste su mandato sin justificación, produciendo agravio a la parte o a la majestad del servicio de justicia.La resolución emitida por el juzgado 16º de Familia, a cargo de la jueza Yessica Castillo Celmi y de la especialista Zoila Llontop Trujillo, para entregar los pequeños Rafael y Felipe a su madre señalada para el 9 de julio y que ha sido incumplida por Menéndez Zepilli, es producto la inoperancia de este juzgado.
El 15 de marzo de 2025 este juzgado aceptó la demanda de restitución de los niños, presentada por Ana Gaivao, mediante el Convenio de Sustracción Internacional de Menores de La Haya de 1980 y, según los plazos estipulados en este mecanismo internacional, tenía 6 semanas para resolverla, sin embargo, 4 meses han pasado, es decir, 16 semanas, y la restitución de los niños sigue en proceso.
La jueza Yessica Castillo Celmi, tampoco aplicó el Convenio según su Guía de Buenas Prácticas, tal como obliga el Perfil de País, que es el documento que resume la implementación y aplicación del convenio en cada territorio: la jueza no cumplió con ubicar a los niños porque dijo que el padre ya había dado su dirección y tampoco no interpusó ninguna medida cautelar, como entregar provisionalmente los niños a la madre para impedir su resustracción.
Según el tomo 3 de la Guía, Castillo Celmi también habría incumplido con lo que estípula en su apartado 3.3 que se refiere al acceso a tribunales: Las órdenes judiciales correspondientes deberían dictarse y ejecutarse sin dilación.Cabe señalar que Castillo Celmi, en la resolución que ordena se cumpla con el mandato de entrega de "cuidado provisional" de sus hijos a Ana Gaivao, actúa paradojicamente, pues habiendo incumplido desde el inicio con aplicar la Guía de Buenas Prácticas del Convenio ahora dice que emite esta resolución en cumplimiento de la celeridad necesaria para este proceso y para evitar la resustracción de los niños.
.-No resolvieron la entrega de los niños al progenitor del cual fueron sustraídos, Ana Gaivao, en las 6 semanas que estípula el Convenio. La demanda fue aceptada el 15 de marzo y estamos ya a mediados de julio.
-No procedieron con la localización de los niños para evitar su resustracción, tampoco emitieron ninguna medida cautelar para evitar la resustracción de los niños.
-Pidieron pericias psicológicas de la madre, pericias que no corresponden dentro de un proceso de restitución y que además ya habían sido practicadas con anterioridad en el proceso de tenencia, pendiente de resolución hasta que se resuelva la demanda de restitución.
Es necesario anotar que en Perú los procesos de restitución de menores de edad se resuelven tarde y mal, y eso se debe también a que incluso la jueza de enlace, es decir, la jueza que es la figura clave para facilitar y acelerar la cooperación judicial entre autoridades judiciales de diferentes países en casos de sustracción de menores, parece desconocer el procedimiento que Perú aceptó aplicar para la resolución de estos casos cuando se adhirió al Convenio.
En una conversación telefónica con una afectada por el Convenio, la jueza Nancy Coronel Aquino, jueza de enlace del Convenio para Perú, manifestó que el mecanismo internacional se ejecuta según el Código del Niño y el Adolescente, sin embargo, eso no es lo que consignó Perú en su perfil de País cuando firmó el Convenio y sólo añadió esa reserva en lo referente a la adopción internacional de menores.
En la resolución del 9 de junio que otorga el "cuidado provisional" de sus hijos a Ana Gaivao, se afirma que los procesos de restitución se llevan a cabo según el Convenio de La Haya y que se utilizarán las normas nacionales de forma supletoria, es decir, que se aplicará la ley nacional en los vacíos que tenga el Convenio, sin embargo, el mecanismo internacional no tiene vacíos pues prevé el procedimiento adecuado para ubicar, cautelar y actuar con celeridad para evitar que las criaturas sean resustraídas y se las arranque de su vida habitual.
En marzo de 2025 Ana Gaivao presentó una demanda de restitución de sus hijos pues en julio de 2024 Fernando Menéndez Zepilli los sustrajo de su residencia de Madrid, lugar donde Ana y sus pequeños vivían desde marzo de 2023 y donde además estaban empadronados. Como dijo Menéndez en un mail a Gaivao, eran una "familia expat" y ya irían haciendo lo posible para funcionar de la mejor manera posible por el bien de los niños y de la relación.
El término "expat" viene de la palabra expatriado y se refiere a las personas que se mudan a vivir al extranjero por trabajo o estudios y era justamente por eso que cada uno vivía en un país diferente, Ana en España y Fernando en Perú, países donde cada uno tenía trabajo; Fernando iba a Madrid cada mes a ver a su familia y Ana con los niños pasaban algunas temporadas en Perú para que no tuviese que ser siempre él quien se desplazara.
La vida de Ana y de sus hijos en Madrid se demuestra con el contrato de alquiler del departamento donde vivían en un barrio residencial de la capital española, el contrato fue firmado por Fernando Menéndez y Ana Gaivao en enero de 2023, renovable cada año. También está la matrícula y asistencia de Rafael a la escuela durante el curso 2022 - 2023, recordemos que los cursos escolares en Europa comienzan en septiembre y acaban en junio del siguiente año.
También leer: Arrancados por sustracción: evitar el sufrimiento de dos niños pequeños exige el cumplimiento urgente del Convenio de La Haya 1980teleoLeo.com ha accedido los documentos mencionados, así como a las fichas de empadronamiento de Ana y sus hijos en el barrio donde vivían hasta el 24 de julio de 2024, día en que Menéndez sin informar a Gaivao se subió en un avión con sus pequeños hijos sin su consentimiento. La fecha de empadronamiento data de mayo de 2023. Menéndez Zepilli nunca se empadronó, lo cual confirma su afirmación de ser una "familia expat".
En los medios de comunicación donde Fernando Menéndez sí ha aceptado declarar se ha dedicado a hablar mal de la madre de su hijos, ha hablado de su salud mental y ha intentado poner en tela de juicio su maternidad en los procesos judiciales abiertos, ha dicho incluso que es un peligro para sus hijos. porque quemó en la cara al más pequeño y perdió de vista un rato al mayor en un centro comercial de Madrid, sin embargo, en un mail anterior a la sustracción de sus hijos, él reconocía sus capacidades maternales y de organización.
Además como dice la propia Ana, si tan incapaz era de cuidar a sus hijos, como es que él permitía que ella estuviese sola con sus hijos en Madrid. "Yo no quemé a mi hijo, fue un accidente", todas las madres sabemos que los niños lo tocan todo y que nuestro trabajo principal es mantenerlos vivos los primeros años de vida, sin embargo, no podemos evitar que se caigan o hagan algo que les lleve hasta las puertas de un hospital para curarlos y eso fue lo que hizo Ana, llevar a su hijo a que fuera atendido y avisar de inmediato al padre que estaba en Perú.
La pérdida del niño en un centro comercial, más de lo mismo, soy madre y una vez dejé a mi hija dentro de su cochecito en una verdulería, porque me despisté y cuando un momento después me di cuenta volví corriendo y ella dormía mecida por la verdulera; la segunda vez su padre y yo la perdimos en un gran almacén deportivo lleno de gente, en un momento nos separamos y ambos pensamos que estaba con el otro, ¿eso nos hacía malos progenitores?, ¿merecíamos que nos arrancaran a nuestra hija por eso o nos discapacitaran como padres?, pues no.
Por último, todas las afirmaciones de Menéndez intentado desprestigiar y enlodar la imagen de Ana Gaivao no han servido para la justicia, pues en la resolución de entrega de "cuidado provisional" de los niños a favor de Ana, se dice que ella no tiene nada que la incapacite a ejercer su maternidad de forma adecuada. Sus teorías sólo son defendidas en las redes por sus familiares y troles con sus comentarios maliciosos que se retroalimentan entre ellos.

Ana Gaivao tiene sus capacidades marentales intactas
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Esperemos que en las próximas horas Rafael y Felipe puedan abrazar a su madre, sobre todo, porque en el examen psicológico practicado a Rafael por la justicia peruana, se refirió a su madre como "loca", dijo que estaba contento de estar con su padre, que le compraría juguetes y cunado se cansó se dirigió a él y le dijo a este: "Ya me voy, ya dije lo que querías". Esto es muy significativo porque los niños podrían estar escuchando, de alguno de los adulto con los que conviven en la actualidad que llaman a su madre de esa manera peyorativa y que su padre podría haberles ofrecido algo a cambio de declarar a su favor.
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