Denuncias y testimonios de violencia de género, violencia machista y violencia estructural
Llevar a tu hijo al colegio y no volver a verlo. Esta es la realidad de Isabel Sánchez Gago desde que, en septiembre de 2021, la Diputación de Bizkaia tuteló a su hijo alegando desprotección y problemas de salud mental. Según su psiquiatra, no existió un plan de trabajo con ella por parte de la administración más allá de la contención. Mientras Isabel era apartada, trabajaban con el padre para reforzar su parentalidad, pese a que los informes psicosociales advertían que 'no asumía un rol activo' en la crianza. Estos cuatro años, la única petición de Isabel es: hablar con su hijo y que sea él, 'de viva voz', quien le diga si quiere verla o no.
Publicado: 2025-12-27 05:37:00
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"Solo pedía oír su voz. Que él me dijera de viva voz que no quería verme y yo lo respetaría". El testimonio de Isabel Sánchez Gago no es solo el de una madre desesperada a la cual la administración tuteló a su hijo; es la denuncia que pone sobre la mesa la actuación de un sistema de protección de menores que, bajo la premisa del "bien superior del niño", revictimiza a madres por criar solas, por haber denunciado violencia de género, por vulnerabilidad económica, y/o por discapacidad física o mental.
Todo comenzó el 21 de septiembre de 2021, en lo que Isabel describió a teleoLeo.com como una "encerrona". Tras llevar a su hijo de 12 años a la escuela, fue citada por servicios sociales que, acompañados de la Ertzaintza en un despliegue que ella califica de desproporcionado —«armados como si yo fuera una delincuente»—, le notificaron una orden foral de declaración de desamparo.
La administración asumía la custodia de su hijo y suspendía su patria potestad mientras el niño era extraído del colegio. Esta intervención, marcada por la falta de acompañamiento previo, ignora los estándares internacionales de derechos humanos y la Convención de los Derechos del Niño que exigen que la separación familiar sea el último recurso y que se realice de la forma menos traumática posible.
Desde ese día, Isabel asegura haber tenido sólo una visita de una hora con su hijo. Las visitas y comunicaciones telefónicas se habrían suspendido por supuesta voluntad del menor: «Un día me dijeron que no fuera, que mi hijo no quería verme, pero yo no lo creo». Es aquí donde el sistema falla en su deber de gradualidad: la administración ha optado por el corte total del vínculo en lugar de implementar mecanismos de contacto supervisado o videollamadas que garanticen el derecho del niño a mantener su referente materno, incluso en contextos de crisis.
Es paradójico que, en un país donde se condena a madres por falso síndrome de alienación parental con el eufemismo de "obstrucción del vínculo paterno filial" y se revincula a hijos con padres denunciados por violencia de género, "porque es lo mejor para el niño" -leído en algunas sentencias-; cuando un menor de edad dice no querer ver a su madre su voluntad se cumpla de inmediato. Esto nos demuestra una vez más que, frecuentemente, el interés superior del menor está intrínsecamente relacionado con el interés del pater familias.
Mientras a Isabel se la criminalizó por no localizarla -en sus informes servicios sociales asegura que tras varias visitas no la localizaron en casa, sin tener en cuenta que su salud mental o su situación de precariedad requerían canales de comunicación adaptados y no una burocracia pasiva—, el sistema aplicó una vara de medir radicalmente distinta con el progenitor. El padre, que manifestó haber dejado de ver a su hijo tras la separación y que en 2022 fue descrito por los mismos servicios sociales como poseedor de una "actitud poco colaboradora", no sufrió las mismas consecuencias.
Resulta demoledor que, mientras las dificultades de localización de Isabel fueron interpretadas como una falta de voluntad y un motivo para el desamparo, el desentendimiento consciente del padre fuera tratado con una benevolencia restaurativa. La administración trabajó activamente para que él retomara el contacto, premiando su tardío interés con la entrega de la guarda, mientras a Isabel se la mantenía en la oscuridad, castigándola por no cumplir con un estándar de disponibilidad que su propia condición de vulnerabilidad le impedía alcanzar sin apoyos.
La administración de Bizkaia adujo maltrato emocional y psquico de Isabel hacia su hijo, "acumulación de enseres" que hacía "intransitable la vivienda", así como una condición mental que aseguraron ella se negaba a tratar pues no firmó el contrato terapéutico que le proponían. Respecto a la "acumulación de enseres", Isabel explica que era ropa donada para su hijo que aún no había ordenado. Respecto al diagnóstico que tiene no tomaron en cuenta que una de sus características es experimentar una marcada desconfianza y suspicacia hacia los demás y que por eso mismo quienes lo sufren no suelen buscar ayuda.
Desde una perspectiva de discapacidad y derechos sociales, el sistema debería haber aplicado el principio de "ajustes razonables" contemplado por ley, es decir, detectadas las dificultades de organización de una madre o sus problemas de salud mental, la obligación del Estado es proporcionar apoyo domiciliario, herramientas de gestión y tratamiento, y no utilizar la precariedad ni su condición de salud como arma para el arrancamiento de su hijo.
Isabel manifiesta que todo se originó por una denuncia de maltrato psicológico que su hija mayor presentó contra ella en 2019, al respecto Isabel afirma que era su hija quien la maltrataba a ella y a su hijo: «Ya me había separado del padre de mi hijo, mi hija se fue de la casa y me denunció, varias veces me dijeron que la denuncie por como nos trataba, pero como madre no quise y cuando conté toda la verdad me castigaron quitándome a mi hijo».
Otra de las cosas que Isabel cree que influyeron en la tutela de su hijo, es que al separarse del padre del niño, porque la convivencia no era buena, él obtuvo una herencia y ella que tenía la custodia de su hijo pidió una aumento de la pensión de alimentos: «Reclamé porque teníamos una pensión muy pequeña y mi abogada -que fue la misma que nos llevó el divorcio- me dijo: "Este te la va a liar", y no paró hasta apartarme de mi hijo»En 2020, los servicios sociales elaboraron un informe devastador contra Isabel. En septiembre de 2021, ante la negativa de Isabel de firmar el "contrato terapéutico" —un documento que a menudo se percibe como una confesión de culpa—, el niño fue ingresado en un centro. Isabel denuncia intentos de coacción: «Querían que reconociera que había pegado a mi hijo cuando no es verdad». Esta práctica de forzar narrativas de maltrato ignora que el proceso de recuperación de una madre con problemas de salud mental requiere de objetivos claros y medibles, no una rendición incondicional ante un equipo psicosocial.
Mientras Isabel hizo terapia sin un plan de trabajo para recuperar a su hijo, su propia psiquiatra declaró en un informe psicosocial que asistía puntualmente a consulta, que se estaba medicando, pero que desde la administración no se había pautado ningún plan para la recuperación de su hijo; la administración sí trabajaba con el padre, quien desde que se separó de Isabel se había desentendido del menor y mostraba una "actitud poco colaboradora", tal y como se manifiesta en el mismo informe.
El trabajo con el padre luego de 3 años ha concluido con entregarle a su hijo en guarda, sin que Isabel fuese informada: «Me enteré porque yo tengo la custodia judicial de mi hijo, así se estableció en el convenio regulador cuando nos separamos, entonces ahora ha interpuesto una demanda para obtener la custodia y al ser notificada me entere de que mi hijo, desde diciembre de 2024, vive con el padre, si no fuera por eso, aún creería que sigue encerrado en el centro».
En 2024, con el hijo ya de 17 años, una jueza volvió a negar las visitas a Isabel basándose en que el menor no quería el contacto. Sin embargo, el sistema nunca ha permitido que ese deseo sea expresado frente a la madre en un entorno neutral, dejando a Isabel en una indefensión e incertidumbres más que evidentes, porque tras años sin ver ni hablar con su hijo y debido a su propia enfermedad, que la hace desconfiar de todo, necesita que sea su propio hijo quien le diga lo que quiere.
La justicia para Isabel Sánchez Gago y su hijo no puede seguir postergándose bajo una interpretación rígida y descontextualizada de la voluntad del menor. Si bien es vital y un derecho fundamental escuchar la voz de los niños y adolescentes en los procesos que les afectan, esta escucha no debe ser un cheque en blanco para que la administración eluda su responsabilidad de preservar los vínculos familiares, si los progenitores no ejercen maltrato contra sus hijos.
La voluntad de un menor de edad debe ser ponderada, en este caso, había que haber trabajado con Isabel y su hijo para ver la forma más sana de intentar revincularlos, ya que ella tiene un diagnóstico que sería la causa de las circunstancias que han podido vivir juntos. No haber tenido una intervención empática y respetuosa del derecho a la familia habrían originado la «tortura» que ella dice vivir y que su hijo, tras 4 años de ruptura del vínculo, diga ante una jueza que no quiere verla.
Isabel y su hijo en estos momentos viven un duelo suspendido provocado por años de institucionalización y la ausencia de apoyos para esta madre. La justicia debe entender que una madre con discapacidad no es una madre sin derechos. La reparación para Isabel pasa por el derecho a la verdad: una comunicación directa, supervisada y humana, donde el sistema deje de actuar como un muro y empiece a actuar como un puente. Sin esa confrontación con la realidad, el "interés superior del menor" seguirá siendo, en casos como este, una condena al olvido tanto para el hijo como para la madre.
Cabe recordar que la Ley 2/2022 de Infancia y Adolescencia del País Vasco establece que el objetivo primordial de la intervención pública debe ser la preservación de la unidad familiar, garantizando los apoyos necesarios para que los progenitores puedan ejercer sus funciones. En el caso de Isabel, la falta de ajustes razonables y la ausencia de un plan de reunificación familiar con objetivos claros contravienen el espíritu de una ley que busca proteger, no castigar la vulnerabilidad.
Artículo 54.– Apoyos a las familias en el ejercicio de sus deberes de crianza.1.– Las administraciones públicas vascas, en el ámbito de sus respectivas competencias, velarán por que el padre y la madre, las y los representantes legales y las personas acogedoras y guardadoras asuman y desarrollen adecuadamente sus deberes de atención, crianza, cuidado y educación sobre los niños, niñas y adolescentes a su cargo. Velarán, asimismo, por que dispongan, a tal efecto, de las oportunidades y de los medios de información y formación adecuados, accedan a los servicios existentes en los distintos ámbitos susceptibles de garantizar el bienestar y contribuir al desarrollo del niño, la niña o adolescente, así como a las prestaciones o ayudas económicas que, en su caso, correspondan.
El caso de Isabel Sánchez Gago es un recordatorio de que las instituciones deben ser fiscalizadas para que el sistema de protección no se convierta en una fuente de trauma adicional. No se puede proteger a un niño destruyendo su derecho a conocer su origen y a ser amado por una madre que, con sus dificultades, nunca dejó de querer retomar el contacto con él y con la cual no se trabajó para ver la posibilidad de que eso ocurriera en las mejores condiciones.
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Categoría:
Violencia Institucional
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