Voces silenciadas: Mujeres con neurodiversidad luchan contra la invisibilidad y la revictimización en sus denuncias por violencia de género

Texto y vídeo entrevista: Leonor Pérez-Durand/Periodista

«Tengo trastorno límite de la personalidad (TLP) y cuando denuncié haber sido víctima de una agresión sexual, en la prueba psicológica forense que me hicieron, no me ofrecieron acompañamiento profesional ni hicieron nada para que estuviese más tranquila, todas las veces que declaré estuve yo sola. Es más, me arrepentí de haber dicho mi condición, porque al final, el fiscal archivo el caso por eso mismo, porque dijo que al tener TLP, mi testimonio no era fiable».

Este es el testimonio de una joven, cuya denuncia fue publicada en teleoLeo.com y, a pesar, de que la prueba psicológica forense la encontró afectada por el abuso y de que otras mujeres sindicaban a su supuesto agresor por el mismo delito, el caso fue archivado. El fiscal, escudándose en que las personas con TLP tienen miedo al rechazo, aceptó la versión del supuesto agresor que dijo que la joven lo denunció en venganza porque la había rechazado; respecto a las otras denuncias dijo que aunque fuesen ciertas, eso no validaba esta supuesta agresión.

En este punto y para que quede claro, es imprescindible decir que el archivo de una denuncia en la etapa fiscal no determina inocencia, la inocencia o culpabilidad se determina en un juicio. El trabajo de la fiscalía es encontrar «elementos de convicción» para elaborar una acusación y cuando, según el criterio del fiscal, ser humano con sesgos y prejuicios, no los encuentra: no acusa e, incluso, como hemos visto, puede llegar a hacerse eco de la tesis del denunciado, revictimizando a la denunciante.

Mujeres con neurodiversidad: víctimas de sus agresores y del sistema

Encontrar los «elementos de convicción», dependerá de que las investigaciones se desarrollen eficientemente, lo cual, por falta del enfoque adecuado y del uso de herramientas idóneas, generalmente, no ocurre cuando la denunciante es una mujer con neurodiversidad; así lo reconocen países, como España, donde se ha analizado el tema tanto desde organizaciones que las protegen, como desde el Estado.

«Las mujeres con autismo, encuentran serios problemas al poner una denuncia en la policía. La falta de accesibilidad cognitiva dificulta su comprensión y comunicación sobre lo que están viviendo. Las comisarías pueden ser percibidas como espacios hostiles y el proceso de denuncia puede resultar confuso para ellas. Las dificultades para expresarse con claridad y comprender los procedimientos legales complica su participación en el proceso y el ejercicio de sus derechos».

La cita pertenece al estudio sobre violencia de género en mujeres autistas elaborado por la Confederación Autismo España, situación similar viven las mujeres autistas peruanas y, en general, las mujeres con alguna neurodiversidad o neurodivergencia. En teleoLeo.com he publicado varios casos donde las denuncias de estas mujeres son puestas en tela de juicio por los psicólogos forenses y/o por la propia fiscalía; y cuando eso pasa, ellas quedan indefensas ante un sistema que las revictimiza ya no sólo por su género, sino, sobre todo, por su condición.

El término neurodiversidad o neurodivergencia fue acuñado, a finales de la década de los 90 del siglo pasado, por la socióloga norteamericana, Judy Singer, que tenía una condición del espectro autista. Para Singer las personas autistas no eran personas discapacitadas, simplemente, sus cerebros funcionaban y funcionan de manera diferente.

¿Perú?, no, España; pero Perú, también

«Policía y Poder Judicial no suelen estar formados para actuar adecuadamente en casos en los que una persona con discapacidad intelectual es víctima, acusada o testigo. Ellas tampoco cuentan con los apoyos necesarios para denunciar y participar en el proceso, vulnerándose su derecho a tener ajustes de procedimiento». Esta es una de las conclusiones del estudio La violencia sexual en las mujeres con discapacidad intelectual«, publicado por el Ministerio de Igualdad español en 2020.

Hasta 2022, en España, las personas con autismo eran consideradas como personas con discapacidad intelectual, ahora son «personas con un trastorno generalizado del desarrollo”.

El Ministerio de Igualdad, también señala que las mujeres con autismo y por extensión las mujeres con alguna neurodivergencia, tienen mayores dificultades para el acceso a servicios de denuncia, bien por falta de información, por dificultades para acceder a los mismos y/o por dificultad para comunicarse. «Finalmente, los testimonios de las personas con discapacidad intelectual suelen tener menos credibilidad: debido a los estereotipos negativos socialmente relacionados con las mujeres con discapacidad intelectual, se les supone una mayor incompetencia y menos fiabilidad».

Agrega además que «las mujeres con discapacidad intelectual y/o del desarrollo que han sufrido violencia sexual necesitan ser creídas y acompañadas para reparar el daño». Y para ello es necesario que sus denuncias sean atendidas con enfoque de género y de salud mental.

En los exámenes psicológicos forenses, de los casos publicados en teleoLeo.com, donde las denunciantes tienen alguna neurodivergencia o se sospecha que la tengan, no se mencionan exámenes «ajustados» a su condición, con lo cual se las deja en total indefensión pues se las trata y examina como a mujeres neurotípicas.

Psicología forense y mujeres con neurodivergencia: verdad histórica y verdad judicial

TeleoLeo.com ha entrevistado a la psicologa experta en trauma, Lucia Ballón Zegarra para hablar de cómo la falta de un abordaje psicológico adecuado perjudica y revictimiza a las denunciantes de violencia de género. Y esto, según ella, se debería a la falta de una preparación rigurosa de los profesionales a cargo de examinar a las víctimas.


Lucía Zegarra también nos habla de la verdad histórica y la verdad judicial, y de cómo debería hacerse un abordarse la investigación de las denuncias de las mujeres y niñas con alguna neurodivergencia o neurodiversidad, pero también de las mujeres neurotípicas, para evitar revictimizarlas.

Neurodiverdidad y/o neurodivergencia en los procesos en Perú

En Perú actualmente, las personas con alguna neurodivergencia siguen siendo consideradas como personas con una «deficiencia». Según el Manual con Orientaciones Técnicas para el Adecuado Procesamiento de Casos de Violencia de Género en Población con Discapacidad, publicado en 2021 por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, una persona con alguna nuerodivergencia es «aquella con una deficiencia neurológica por ejemplo, personas con dislexia, déficit de atención con hiperactividad, espectro autista, el síndrome de Tourette, entre otros».

Contradictoriamente, el mismo manual del MIMP menciona el libro, The power of neurodiversity, escrito por el Psicólogo norteamericano, Thomas Armstrong, publicado en 2012, donde se refiere a la neurodiversidad como «destellos brillantes, deslumbrantes, que abren una vía de promesas y posibilidades».

El manual del MIMP, pretende establecer el marco de acción del Sistema Nacional Especial de Justicia (SNEJ), creado para la protección y sanción en los casos de violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar. El SNEJ vió la luz mediante el Decreto Legislativo N° 1368 en el año 2018, está integrado por el Poder Judicial, el Ministerio Público, la Policía Nacional del Perú, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.

En el documento se establecen los lineamientos para el trato de las denuncias de las personas con «discapacidad» y en su capítulo 3, denominado «Operativización de un SNEJ con enfoque de discapacidad», señala que «son escasas las normas que regulan los servicios y medidas de protección y persecución penal para activar la necesidad de operativizar el enfoque de discapacidad en su intervención frente a un caso de violencia».

Recomendaciones de «Manual»

Debido a esta realidad, el documento del MIMP hace una serie de recomendaciones para que las mujeres con diversas discapacidades -entre las que cuentan a las mujeres con neurodiversidad- puedan obtener justicia; entre ellas: accesibilidad, ajustes en el procedimiento, reconocimiento de capacidad jurídica y erradicación de estereotipos.

Respecto a la comunicación y atención de las personas con neurodivergencia, según el manual, cada unidad del SNEJ debe dar la asistencia adecuada para que puedan denunciar de manera segura y para ello se debe mantener una comunicación clara y sin ambigüedades, con material de apoyo y evitando ruidos, luces fuertes o colores estridentes, también señala que se debe actuar sin prejuicios ante sus manifestaciones.

Respecto a la erradicación de estereotipos, esto tampoco se estaría cumpliendo desde el momento en que un fiscal, archiva una investigación dando crédito a la afirmación del denunciado respecto a que la joven sólo pretendía vengarse de él por haber sido rechazada. Según el fiscal esto es posible porque una de las características de las mujeres con TLP es el temor al rechazo.

Consultadas las mujeres con neurodivergencia que han explicado sus casos de abuso a través de teleoLeo.com, aseguran que con ellas no se actuó como señala el manual y que se sintieron nerviosas, revictimizadas por no recordar fechas exactas y juzgadas por su manera de explicarse e, incluso, por el tiempo que muchas de ellas se tomó para presentar denuncia.

En Perú como en España se reconoce que existen estereotipos negativos relacionados con las mujeres con neurodiversidad: se les otorga mayor incompetencia, menos fiabilidad, se las infantiliza, se las considera propensas a fabular y se dice que no tienen un discurso coherente.

El manual también señala: « […] es posible que la persona con discapacidad pudiera requerir algún tipo de atención o acompañamiento psicosocial. […] Si en la entrevista se identificara una situación de discapacidad psicosocial, se le informará sobre las opciones de acompañamiento psicológico o psiquiátrico».

Es decir, ante la sospecha de que una denunciante -sin diagnóstico previo- podría tener alguna neurodivergencia, tiene derecho a asistencia profesional en toda las etapas del proceso, sin embargo, en los casos de mujeres con neurodivergencia que he publicado este apoyo no les fue ofrecido.

Hace unas semanas recibí, por parte del abogado de un denunciado por violación sexual, el archivo de la denuncia del caso y en el documento se señala que en la pericia psicológica forense se habría percibido que la denunciante podría tener alguna neurodivergencia, pero el examen continuó sin variación, sin ofrecimiento de apoyo y el resultado fue que la denunciante no estaba afectada por los hechos que denunciaba; y, a pesar, de que aportaba un examen psicológico clínico que sí daba cuenta de la afectación, la denuncia fue archivada.

Tareas

Implementar las herramientas consignadas en el DL 1368 que crea el SNEJ donde se establece el trabajo articulado de las instituciones a cargo de investigar y de impartir justicia en los casos de violencia contra la mujer.

En el texto del DL podemos leer, por ejemplo, que el Ministerio Público debe «crear unidades de investigación forense debidamente equipadas con personal especializado, que incluya peritos, Cámaras Gesell y
laboratorios, de acuerdo a la carga procesal»
, y esto es algo con lo que no se ha cumplido, según lo dicho por Lucia Zegarra, psicóloga especialista en trauma, la capacitación de los peritos no es la mejor; y, por otro lado, lo vemos en el tiempo que tarda la programación de una Cámara Gesell, hasta 6 meses.

Es de suma importancia que las y los funcionarios a cargo de interactuar con las mujeres con neurodivergencia, en sus procesos de denuncia, de investigación y de justicia, reciban capacitación continua para atenderlas de manera adecuada y con la sensibilidad necesarias para generar espacios de seguridad y confianza, en los que ellas puedan explicarse sin sentirse juzgadas, sin sentir que no se las cree.

También es necesario estudiar la problemática de las mujeres con neurodivergencia, medir el impacto de la violencia de género en sus vidas, incluyendo, en la sistematización de las denuncias, su condición para contar cuántas y cómo son afectadas en proporción y en relación con la mujeres neurotípicas, lo cual permitirá identificar patrones de situaciones que permitan elaborar material de prevención adecuado.

Hacer campañas desde el MIMP y el Ministerio de Salud, para explicar lo que es la neurodivergencia o neurodiversidad y para desestigmatizar el diagnóstico. Es preciso concientizar a la población para que no infantilice ni niegue agencia a las mujeres con estas características y para que se destierren los estereotipos y se las crea cuando explican los abusos que han sufrido.

Deja un comentario

Este sitio utiliza Akismet para reducir el spam. Conoce cómo se procesan los datos de tus comentarios.