Entrenador de fitness denunciado por tocamientos indebidos, violación sexual y maltrato. La victima: su hijastra, una niña de 12 años de edad

Texto y vídeo entrevista: Leonor Pérez-Durand

Entre enero y agosto de 2021, los Centros de Emergencia Mujer del Perú han atendido 33.821 casos de violencia en contra de niñas, niños y adolescentes; de ellos 9.833 son denuncias por violencia sexual

«La pareja de mi mamá me ha tocado y violado durante un año, delante de mi hermanito de 5 años. No le conté nada a ella porque sólo le cree a él. Por eso me he escapado de mi casa porque ya no aguanto más, él y mi mamá me maltrataban y encima él me hacía esas cosas. Ahora estoy con mi papá y con mis tías y estoy bien».

Ella tiene 12 años y asegura que desde hace un año su padrastro, Yuber Breindermarch le ha realizado tocamientos indebidos y la violado. Ella no aguantó más y este 17 de septiembre se fugó de su casa. «Ella le escribió a una de mis hijas y la fuimos a buscar», dijo Paola Gonzales, tía de la niña, a teleoLeo.com.

«Cuando estuvo en casa y nos explicó que la pareja de mi hermana la había tocado, llamamos a su papá y fuimos a la comisaría a denunciar, allá le quisieron hacer el examen legista, pero le dio vergüenza desnudarse delante de un médico hombre, así que no se lo hicieron; su padre no insistió porque en ese momento ella dijo que sólo la había tocado».

Al volver a casa, la niña también dijo haber sido violada por Yuber Breindermarch, según afirma Paola Gonzales. «Si hubiésemos sabido que había sido violada desde el principio habríamos intentado convencerla del examen legista. Nos dieron un papel para atención psicológica y para la investigación, estamos esperando que nos llamen para pedir que la examinen bien».

TeleoLeo.com habló con la niña, que nos brindó su testimonio de manera muy sucinta, ella misma quiso hacerlo en el momento de realizarle la entrevista a su tía, Paola Gonzales.

Han pasado más de 15 días, la niña se encuentra con su padre, más tranquila, pero necesita la atención que merece, el interés superior del niño, por el cual debe velar el MIMP, parece que está siendo pasado por alto. Es necesario, además, que la investigación avance porque el denunciado, Yuber Breindermarch, se encuentra en libertad y sin ninguna restricción emitida en su contra mientras se realiza la investigación.

Según el Reglamento de la Ley Nº 30466, Ley que establece parámetros y garantías procesales para la consideración primordial del interés superior del niño en su artículo 3 considera como principios de aplicación de esta ley:

a) Diligencia Excepcional: La actuación del Estado exige la mayor celeridad, cuidado y responsabilidad por las posibles afectaciones que se puede ocasionar a una niña, niño o adolescente para adoptar una medida oportuna y eficaz para el ejercicio de sus derechos, teniendo en cuenta las circunstancias que las y los rodean y afectan, la valoración objetiva del impacto de estas en sus derechos, la justificación de las decisiones y su revisión oportuna.

b) Especialidad y profesionalización: La actuación de las entidades públicas y privadas en los procesos y procedimientos que involucran a niñas, niños y adolescentes se realiza a través de profesionales, técnicos, promotores y otros actores con formación especializada o experiencia de trabajo demostrada en temas relacionados con la niñez y adolescencia.

Además, en su artículo 17, en su segundo párrafo dice: Asimismo, el sector salud asegura el acceso a la información y garantiza a las y los adolescentes y a las niñas y niños víctimas de violencia sexual el servicio diferenciado de salud, el servicio integral de salud sexual y reproductiva, las pruebas rápidas, pruebas de tamizaje invasivo, entre otras, sin que medie la necesidad de autorización de la madre, padre o de la persona que asuma el cuidado de la/el adolescente para los procedimientos en favor de su interés superior.

En este sentido no puede ser que si una niña no permite que la examine un médico porque se siente inhibida por ser hombre, no le ofrezcan la posibilidad de que la atienda una doctora; tampoco puede ser que una niña pase directamente por un examen legista , sin haber sido preparada por algún profesional que le informe qué es lo que pasará, por qué es importante que pase ese examen y cómo será.

TeleoLeo.com intentó comunicarse con Yuber Breindermarch al número de whatsapp en el que promociona sus clases de fitness personalizadas. El mensaje ha sido visto, pero no hemos obtenido respuesta.

Posible condena

De comprobarse la culpabilidad de Yuber Breindermarch por los delitos denunciados, según el artículo 173 del Código Penal sería condenado a cadena perpetua pues la denunciante es una víctima menor de 14 años de edad.

Artículo 173.-

Violación sexual de menor de edad: El que tiene acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal o realiza cualquier otro acto análogo con la introducción de un objeto o parte del cuerpo por alguna de las dos primeras vías, con un menor de catorce años, será reprimido con pena de cadena perpetua.

También leer: Notas sobre abuso de menores en teleoLeo.com

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