La trágica realidad de la esclavitud moderna: desaparición, trata y explotación sexual; se intersectan y afectan, principalmente, a mujeres adultas y adolescentes

Foto: RazónyRevolución.org
Texto e investigación: Leonor Pérez-Durand/Periodista

La trata es un delito que atenta contra los derechos humanos, porque vulnera la libertad, la integridad y la dignidad de las víctimas. La Convención sobre la eliminación de todas las formas de violencia contra la mujer, la CEDAW, recalca, además, que en su modalidad de explotación sexual, se ceba con mujeres adultas y menores de edad, quienes son captadas, manipuladas, secuestradas y hasta adoptadas, con el único fin de esclavizarlas para sacar provecho de ellas.

Que la mayoría de afectadas con la trata para explotación sexual sean mujeres o personas de género femenino, ha generado el consenso internacional de considerar este delito como una de las más graves violencias de género, porque, deshumaniza a sus víctimas y puede, incluso, acabar con sus vidas; por ello y para luchar contra esta lacra, la CEDAW ha hecho una serie de recomendaciones a los Estados firmantes.

Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas, incluso de carácter legislativo, para suprimir todas las formas de trata de mujeres y explotación de la prostitución de la mujer.

CEDAW/Artículo 6

De Perú a Palermo

Desde 2002, el Estado peruano es firmante del Protocolo de Palermo, documento de las Naciones Unidas creado para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente de mujeres, niñas y niños. El Protocolo de Palermo, es el primer mecanismo internacional en reconocer el delito de trata de personas como un delito complejo, pluriofensivo que vulnera la dignidad, especialmente de mujeres, niñas, niños y adolescentes.

Definición de trata de personas
artículo 3º: “La captación, transporte, traslado acogida o recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación
incluirá, como mínimo la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos”.

Protocolo de Palermo

Mecanismos de lucha

El Estado peruano «[…] ha desarrollado instrumentos jurídicos para adecuar su legislación a aquellas directrices», así lo señala el documento «Política Nacional frente a la Trata de Personas y sus formas de explotación al 2030«, publicado en 2021 por el Ministerio del Interior. Los últimos mecanismos fueron la Ley N° 31146, que modifica el Código Penal, el Código Procesal Penal, así como la Ley 28950, y en consonancia con el convenio de Palermo, saca el delito de trata de personas, del capítulo de delitos contra la libertad del Código Penal y lo reubicó en el de delitos contra la dignidad humana.

En 2021 también se promulgó el Decreto Supremo 009-2021-IN, que aprueba la Política Nacional frente a la Trata de Personas y sus formas de explotación de cara al 2030. Sin embargo, el gobierno peruano no ha destinado dinero suficiente para cumplir con los objetivos trazados en todas las leyes y normas creadas desde la firma de Palermo.

Sin financiación no hay triunfo

Una investigación de CHS Alternativo, ONG que protege los DD. HH. de mujeres y menores de edad víctimas de trata de personas, afirma que el presupuesto destinado por el gobierno peruano para combatir este delito, «es cada vez más exiguo».

Según la ONG «se necesitan 1,150 millones de soles para implementar los 42 servicios definidos en la Política Nacional para hacer frente a la trata de personas»; sin embargo, durante 2022 afirman que «se destinó poco más de 5 millones de soles para la prevención y persecución del delito, así como para la atención y reintegración de las víctimas, lo que representa 0.15 céntimos de sol por ciudadano».

En una nota de CHS, el director ejecutivo de la ONG, Ricardo Valdés, asegura que el monto destinado por el Estado para la lucha contra la trata, «dista enormemente de los 28 mil soles que obtienen las organizaciones criminales al año por cada víctima que explotan y de los 1,300 millones de dólares que mueve la trata de personas en el Perú cada año», y esto origina «que los servicios públicos destinados a atender y proteger a las víctimas no cumplan con las metas establecidas», agrega Valdés.

Y mientras tanto, lluvia de millones para el Congreso del Perú

El presupuesto del parlamento para 2023 fue de 928,2 millones de soles y para 2024 es de S/ 1.084 millones 148 mil, dinero tirado al agua, vistos las y los parlamentarios que tenemos, que parecen haber llegado al cargo para «comer rico», cobrar a sus empleado comisiones por sus sueldos, tener equipos de última generación, oficinas decoradas a su gusto y disfrutar de demás gollerías, que por sí mismos no podrían pagarse. Sólo con el presupuesto del Congreso de este 2024, se podría luchar contra la trata de personas en el país, pues según CHS Alternativo, «se necesitan 1.150 millones de soles para combatir este crimen».

Las denuncias y el baile de cifras

Las instituciones encargadas de contar los casos de trata en el país son la PNP (Policía Nacional del Perú) y el Ministerio Público.

Según el observatorio de trata de personas del Ministerio del Interior (MININTER), del cual depende la PNP, entre 2017 y 2023 atendió las denuncias de 3.757 víctimas, de las cuales, el 85,3% eran mujeres, el 83,1% de ellas tenía entre 18 y 29 años de edad. El 83,1% de denunciantes fueron captadas y captados con fines de explotación sexual o laboral.

La mayor parte de las víctimas, 75,9% tiene estudios secundarios, el 15,2% de las víctimas dice que quien la captó para esclavizarla es un conocido, el cónyuge y un familiar o autor. Sólo en el 14,1% de los casos, la personas que denuncia es familia directa de la víctima; esto se debe a que en el 72,3% de los casos, las víctimas han declarado que fueron captadas a través de una oferta de trabajo.

Según CHS Alternativo, ONG que protege los DD. HH. de mujeres y menores de edad víctimas de trata de personas, sólo durante 2022, el Ministerio Público (MP) reportó 6,107 denuncias por este delito, lo que representa, según la ONG, un 8% más, respecto a 2021,

En relación a la defensa de las y los denunciantes, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, (MINJUSDH), que brinda defensa legal gratuita a quienes no pueden pagarla, señala que entre enero y agosto de 2022, a través de la Defensa Pública, llevó a cabo 677 defensas de víctimas de trata.

¿Cómo podemos los ciudadanos y ciudadanas ser parte de la lucha contra la trata de personas?

Según el Índice Global de Esclavitud de 2023, que incluye el delito de trata de personas, Perú ocupa el puesto 55 a nivel mundial y el 10 en América. Durante 2021, se estimó que 7,1 de cada mil personas estaba en situación de esclavitud moderna, es decir, 234.000

Modern slavery in Peru/ Global Slavery Index 2023
Country Snapshot

Si hay explotación sexual y hay asesinato, hay feminicidio

En consonancia con lo expresado en el Índice Global de Esclavitud y siguiendo otra de las recomendaciones de la CEDAW, que señala que se deben adoptar «medidas preventivas y punitivas para acabar con la trata de mujeres y la explotación sexual», el Perú ha incluído en el artículo 108-B del Código Penal, que el asesinato de una mujer en contexto de explotación sexual es feminicidio y se paga con una pena no menor de 20 años de prisión.

Sin embargo, esta problemática, como ya hemos visto, no se solucionará, sólo creando leyes y endureciendo las penas. La trata de personas y la explotación sexual están vinculadas a múltiples factores de riesgo, como son: pobreza, desigualdad, brechas educativas, falta de oportunidades, discriminación por género; carencia de documentos de identidad, en el caso de las mujeres migrantes.

Es importante que el Estado destine el presupuesto adecuado y trabaje desde un enfoque de DD. HH., de género, intercultural y generacional, entre otros, para enfrentar la trata, la explotación sexual y todos los tipos de esclavitud moderna.

¿Qué pasó con ellas?

Según el informe de la Defensoría del Pueblo, «¿Qué pasó con ellas?», publicado en marzo de 2023, desaparición, trata, explotación sexual y feminicidio; están relacionados, pero es imposible desarrollar programas de prevención efectivos, porque no hay estadísticas unificadas, precisas y detalladas, que permitan entender y enfrentar todas los aristas de esta compleja situación.

El documento, señala la necesidad de un registro criminológico sobre las causas de la desaparición de mujeres menores y mayores de edad. Lo que sí se sabe por el RENIPED (Registro de Personas Desaparecidas de la PNP) es que muchos de los casos de trata se inician con una desaparición. En las alertas emitidas por la PNP entre 2020 y 2023, el 62,38% corresponde a la desaparición de mujeres, la mayoría de ellas entre 12 y 17 años de edad y entre 18 y 29.

La atención de las desapariciones de las mujeres debe ser célere y efectiva […] para evitar la revictimización y que cualquier manifestación de violencia termine convirtiéndose en un caso de feminicidio.

Defensoría del Pueblo

Por su parte, la Recomendación General No.2 del Comité de Expertas del Mecanismo de Seguimiento de la OEA para la Convención de Belém Do Pará, sobre niñas y mujeres desaparecidas (MESECVI), afirma que «la desaparición de mujeres por particulares es una forma de violencia a menudo vinculada a delitos como feminicidio, trata de personas, violencia sexual, etc; el MESECVI agrega, que «el factor de género y la interseccionalidad, con otras formas de discriminación, son claves para comprender la mayor exposición a vivir este tipo de violencia».

«Búscalas»

Amnistía Internacional también señala que la desaparición de mujeres se vincula con la trata de personas, la violencia sexual o incluso el feminicidio, y concuerda en la importancia de contar con un sistema de búsqueda que además de tener un enfoque interseccional, esté libre de sesgos machistas, porque «eso retrasa los procesos de búsqueda, poniendo en mayor riesgo la vida de las mujeres».

Esta entidad se suma al pedido de la Defensoría del Pueblo, de tener un registro criminológico de este delito y sus implicancias, pues señala que: «debido a la ausencia de esta data no es posible conocer la correlación de los casos de desaparición de mujeres con otros delitos, como la trata de personas, lo cual impide identificar patrones y desplegar intervenciones más céleres para encontrar a las mujeres».

Amnistía Internacional ha creado la campaña «Buscalas» en cooperación con el Centro de la Mujer Peruana Flora Tristán, y en 2021 elaboraron el informe Perú: Las mujeres que nos faltan. Recomendaciones al Estado para encontrarlas(2021), de necesaria lectura, sobre todo para las autoridades y funcionarios relacionados con la lucha contra esta lacra.

Desaparición, trata y explotación sexual

Si intersectamos las denuncias por desaparición de mujeres, con las de explotación sexual, encontraremos que:

  • Uno de los rangos de edad que registra mayor número de denuncias por desaparición es el de mujeres de 12 a 17 años de edad y el de 18 y 29.
  • Uno de los rangos de edad que registra mayor número de denuncias por trata y explotación sexual es el de mujeres de 18 a 29 años de edad, seguido del de 30 a 59 año de edad.

«Una persona está desaparecida cuando se desconoce su paradero»

Este título que parece una obviedad, sólo nos viene a decir que la desaparición de alguien se puede denunciar sin tener que esperar plazos de ningún tipo, que lo único que hacen es revictimizar más a las afectadas.

Las cifras del RENIPED coligen que las mujeres son las que más desaparecen y también son las más explotadas sexualmente y es, por eso mismo, que se creó el el D.L. 1428, para que estas denuncias sean atendidas de forma inmediata; y para regular las medidas para atender los casos de desaparición de personas en situación de vulnerabilidad, pues establece que, una persona está desaparecida cuando estando ausente de su domicilio, su paradero es desconocido.

Decreto legislativo para luchar contra la desaparición de personas: ¿se cumple?

Según este DL la policía debe registrar estas denuncias sin dilación y emitir alertas inmediatas, por la desaparición de las más vulnerables, niñas, niños y mujeres. Y para ello, la Defensoría hace hincapié en que las denuncias deben ser recibidas por «personal especializado en género y en temas de niñez y adolescencia; sin expresión de prejuicios ni estereotipos de género».

En el caso de Heydy Macedo Ballico los efectivos de la DEPINCRI de Huaraz no actuaron con enfoque de género ni de DD. HH. ni tuvieron en cuenta el principio de diligencia, de celeridad ni de atención oportuna; tampoco tuvieron en cuenta que las desapariciones de mujeres se intersectan con otras violencias y que pueden desembocar en explotación, violencia sexual y feminicidio, como ocurrió en el caso de esta joven.

Cosas por hacer

El Ministerio del Interior debe desplegar todo lo acordado a partir de la creación del RENIPED, utilizando la tecnología en la búsqueda de las desaparecidas y para ello es necesario que se instruya a la PNP en el uso de la geolocalización de las personas, valiéndose de todos los medios a su alcance y trabajando en cooperación con las empresas de telefonía.

Además se debe de enriquecer la data del registro para saber la causa y el destino de las desaparecidas, para poder desarrollar políticas de prevención e intervención en la lucha contra la trata y todas las violencias contras las y los más vulnerables. El Estado peruano debe entender que endurecer las leyes y el castigo, es sólo una parte de la solución del problema.

Luchar contra las brechas educativas y sociales es la manera de salvar a mujeres, niñas y adolescentes de ser víctimas de violencia por su condición de mujer y de ser captadas por las mafias de trata de personas y de explotación sexual; porque sólo en una sociedad más igualitaria, donde servicios como educación, salud y una vida digna, estén garantizados para todas las mujeres, en todos los estadíos de su vida, se podrá luchar contra esta lacra.

Ahora bien, nada cambiará, mientras no haya voluntad política real para desaparecer las brechas que nos han convertido en un país con poca movilidad social, donde mujeres y niñas son las más oprimidas y vulnerables. Por su parte, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) debe capacitar a los operadores policiales y de justicia para que apliquen todos los enfoques necesarios para no revictimizar a mujeres y niñas esclavizadas.

¿Qué hacer ante sospechas de trata, explotación sexual y/o cualquier forma de esclavitud moderna?

La primera labor es la que deben realizar las instituciones estatales concernidas en el problema, ejecutando las políticas y leyes que publican y quedan tan bien sobre el papel. Como sociedad, podemos colaborar -siempre que no arriésguemos nuestra integridad- denunciando cuando presenciamos algún acto sospechoso de que un o una menor de edad o mujer adulta están siendo víctimas de las formas de esclavitud que conocemos.

También podemos dar aviso a la PNP o al MP o al MIMP -esperando que atiendan nuestros avisos con diligencia- cuando veamos en redes o anuncios en la calle de oportunidades de trabajo sospechosas u ofrecimientos que puedan hacernos pensar que estamos ante la promoción de actos cualquier tipo de trata de personas y/o explotación sexual.

El caso de Heydy Macedo Ballico, joven de 20 años de edad, estudiante de arquitectura y basquetbolista; asesinada en contexto de explotación sexual dio origen a esta nota en la que se aborda las características y la problemática de la trata y la explotación sexual en el Perú.

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