La Comunidad de Madrid tutela a dos niños chinos incumpliendo las normas internacionales de protección de menores [Vídeo]

Le quitaron a sus hijos por mujer, por pobre, por migrante y, como no, por ser víctima de violencia de género. Según las diferentes Administraciones de las Comunidades Autónomas españolas sumar estos factores serían el combo perfecto para declarar a una madre no apta para cuidar de su prole

Texto y video: Leonor Perez-Durand/Periodista

«Dentro de poco mi hija tendrá la regla y quiero estar con ella para ayudarla, para que no tenga miedo», es el pedido de Angela, el pedido normal de cualquier madre que quiere ejercer su rol de protectora y acompañar el crecimiento de sus hijos. Es el pedido de una madre que tras haber sido víctima de violencia de género pidió ayuda a servicios sociales y perdió la tutela, guarda y le fue suspendida la patria potestad de sus dos hijos de 3 y 6 años de edad.

Aunque oficialmente se promete protección y apoyo estatal a las víctimas de violencia de género que denuncian, así como ayudas para el cuidado de sus hijos, esto no siempre ocurre, pues muchas veces, demasiadas; las mujeres que denuncian acaban siendo separadas de sus hijos. Y esto pasa a pesar de que la Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia ( LOPIVI), lo prohíbe.

Artículo 29. Situación de violencia de género en el ámbito familiar

«Partiendo de su consideración de víctimas de la violencia de género, se prevé que las actuaciones de la administración pública deben contemplar conjuntamente la recuperación del menor de edad y de la madre se garantizará el apoyo necesario para que niñas, niños y adolescentes, de cara a su protección, atención especializada y recuperación, permanezcan con la mujer, salvo si es contrario a su interés superior».

LOPIVI

Es por ello execrable que en España denunciar estas violencias se haya convertido en fuente de creación de expedientes de tutela de menores de edad y esto podría deberse a que por cada uno la Administración recibe un primer ingreso de 68 mil euros y entre 3 mil y 7 mil mensuales para su manutención y cuidado. La cantidad, que proviene de fondos de la UE y del Estado, varía dependiendo de si el menor de edad necesita atención especializada por tener alguna discapacidad o condición.

La mayoría de niñas, niños y adolescentes tutelados, el 62%, son producto de tutelas «ex lege», es decir, tutelas dictaminadas por la Administración, sin resolución judicial mediante. Esta cifra es del último Boletín de datos estadísticos de medidas de protección a la infancia y la adolescencia

Angela: mujer, migrante, pobre y víctima de violencia de género

En el caso de Angela se suma otro agravante, ella y su exesposo son ciudadanos chinos, por lo tanto, la Administración española no podía tomar medidas drásticas sobre sus hijos y si consideraba que estaban en riesgo, en respeto a las normas internacionales sobre protección de menores, debía haber avisado a su consulado para que buscase familia extensa en su país de origen y no lo hizo pues ni siquiera lo considero en la resolución de desamparo por la cual asumieron su tutela.

Angela llegó a España, con su entonces esposo, en 2013, en China, dejaron una hija mayor. Establecidos en Madrid tuvieron 2 hijos, pero en agosto de 2017 su marido le dio un fuerte golpe rompiéndole la cabeza. Ella tuvo que ser trasladada en ambulancia hasta la sala de urgencias de un hospital y él, sabiendo que como mínimo pasaría una noche en el calabozo, huyó.

Sola y sin trabajo, por consejo de su vecina, Angela solicitó ayuda a servicios sociales y sin saber leer ni escribir en castellano, en marzo de 2018, firmó una guarda voluntaria redactada a mano, delante de ella, por la persona que la atendió, «pero yo no sabía que me quitarían a mis hijos, yo solo quería que los pudiesen cuidar algunas horas, mientras yo trabajaba».

En la supuesta solicitud de guarda voluntaria se puede leer «solicito la guarda voluntaria urgente de mis hijos por maltrato de mi pareja». Y esta es otra demostración que la Administración estaría usando cual boomerangs, en contra de las madres, las denuncias por violencia de género

Un año y cuatro meses después la supuesta guarda voluntaria se convirtió en desamparo, es decir, la Administración madrileña asumió la tutela y guarda de los niños y ordenó colocarlos en diferentes familias de acogida.

Motivos esgrimidos en la resolución de desamparo de los hijos de Angela

  • Los niños se encuentran «protegidos por una medida de guarda porque fueron localizados en situación de abandono por parte de la progenitora y no poder el progenitor hacerse cargo de ellos».
  • «La madre no plantea un proyecto para volver a hacerse cargo de los menores dando prioridad a mejorar su situación económica»
  • «El juzgado de Violencia de Género le otorgó a la madre orden de protección respecto del progenitor y la guarda y custodia de los niños».
  • Desde la guarda de los niños, «los padres no han hecho los cambios necesarios para poder ofrecer a los menores un entorno protector y afectivo, siendo escasa su implicación en el proyecto de intervención»

«Los hermanos en proceso de acogida tienen derecho a permanecer juntos»

Poner a los hijos de Angela en diferentes familias de acogida viola La Ley de Protección Jurídica del Menor, según la cual los hermanos en proceso de acogida tienen derecho a permanecer juntos. También se ignora la recomendación de Naciones Unidas que indica que los hermanos solo serán separados si estar unidos va en contra de su interés. Según la resolución de desamparo, la Comunidad de Madrid se hace cargo de la tutela de estos niños por «la situación de abandono por parte de la progenitora», no porque sean un riesgo entre sí.

Historia del desamparo

Luego de la agresión sufrida, Angela decidió separarse de su esposo, pero tenía un problema, él no se hacía cargo de la manutención ni del cuidado de los niños, así que la aconsejaron que fuera a pedir ayuda a servicios sociales y le dieron una pensión de 430 euros, pero con eso no podía hacer frente a todos los gastos y debía trabajar para mantenerlos, así que su abogada le aconsejo que mientras se resolviese el divorcio, por lo menos, implicase al padre en las labores de cuidado estableciendo un régimen de visita provisional.

Realizar las visitas presentaba otro problema, debido a la agresión sufrida Angela obtuvo unas medidas de protección por las cuales su expareja no podía acercarse a ella a menos de 500 metros y no tenía a nadie que pudiese intermediar en la entrega de los niños, así que pensó en dejarlos en el negocio de su cuñada y que ella se los llevase a su hermano, pero eso sólo funcionó una vez, «la segunda vez que fui a dejar a mis hijos la tía de mis hijos cerró la puerta de su negocio en cuanto vio que llegábamos», dice Angela.

Ante el ‘cierra puertas’, Angela llevó a sus hijos al domicilio de su expareja, tocó el interfono, escuchó que el hombre contestó a su hija y se apartó unos metros, pero él tardó en abrir, la guardia urbana vio a los niños solos en la calle y eso generó una incidencia. En otra oportunidad, el padre llevó a los niños al colegio y no los recogió, Angela tuvo que hacerlo, pero más tarde, porque estaba trabajando, esto generó otro incidente. Ambas ocurrencias generaron que la Administración señale en la resolución de desamparo que los niños se encontraban en «situación de abandono por parte de la progenitora».

Según la Administración: ¿o eres madre o trabajas?

Angela volvió a acudir a servicios sociales para que la ayudaran con el cuidado de sus hijos, necesitaba apoyo para poder trabajar, es en ese momento cuando le hicieron firmar la guarda voluntaria, ella se ratifica en que no sabía lo que firmó: «Yo en ese momento no sabía leer ni escribir en castellano y firme porque pensé que eso era para ayudarme con el cuidado de mis hijos por unas horas mientras trabajaba, no sabía que se los llevarían».

Cuando Angela tuvo la vida organizada volvió a la Consejería de la Comunidad de Madrid para que le devolvieran a sus hijos, pero le dijeron que no, que debía seguir un plan de trabajo y que debía aprender castellano, además debian evaluarla cada 6 meses para ver si podía ejercer su rol de madre. En julio de 2019 cesaron la «guarda voluntaria» y declararon el desamparo de sus hijos despojándola de su tutela y guarda, y suspendiendo su patria potestad.

En la declaración de desamparo, la Administración de la Comunidad de Madrid concluye que los hijos de Angela deben ser tutelados porque existe «falta de pronóstico a corto o medio plazo de recuperabilidad parental de los progenitores» y «falta de alternativas familiares de cuidado».

Angela capacitada para ejercer de madre, pero solo de visita

El último examen del Centro de Atención a la Infancia (CAI) practicado a Angela dice que:

  • Aunque su empatía con las necesidades de sus hijos ha mejorado y ha podido profundizar en sus habilidades maternales,
  • aunque ha acudido a centros de atención psicosocioeducativa para mujeres, para trabajar en su proceso de recuperación por la violencia de género sufrida,
  • aunque su situación laboral y económica es estable y se ha reorganizado para cuidar a sus hijos,
  • aunque tiene una casa a nombre de sus hijos y una pareja que la apoya.

A pesar de todo esto, el CAI sólo recomienda el incremento de las visitas entre madre e hijos, pero no la reunificación familiar. Actualmente Angela sólo ve a sus hijos 1 hora 1 vez al mes.

El informe también deja constancia que uno de los requisitos impuesto a la madre para recuperar a sus hijos es la de aprender castellano: «[…] la madre ha seguido las indicaciones de los profesionales de extender su trabajo personal a otras áreas como la asistencia a clases regulares de castellano», aunque señala que su nivel de concimiento de la lenua es aún un «hándicap». Y me pregunto, qué clase de requisito es este, o es que una extranjera en Madrid sólo puede ser buena madre si habla el idioma de la meseta?

¿Violencia institucional?

A junio de 2022 nada a cambiado, Angela continúa viendo a sus hijos 1 hora, una vez al mes. Ella ya está acostumbrada a pedir más contacto con sus hijos y a que la respuesta de la Administración siempre sea negativa. En febrero de 2023 también respondieron que no a su pedido, presentado el 19 de diciembre de 2022, en el que solicitaba pasar navidad con sus hijos; sus anteriores pedidos de ampliación de visitas y de pernocta, es decir, tener días en que los niños se queden a dormir en casa, con su madre, la han sido negados igualmente.

Angela también ha sido denunciada por la Administración por haberse acercado al domicilio donde acogen a uno de sus hijos, ella dice que buscando casa para comprar con su pareja dio con el domicilio donde está el más pequeño y que días después tocó la puerta para hablar con la familia y ver la posibilidad de visitarlo, pero la familia, debido al contrato que firma con la Administración debe de informar de estas incidencias, e informó y eso le costó a esta madre que le dijesen que si repetía el intento las visitas le serían suspendidas.

Angela concedió entrevista a teleoLeo.com, ella sabe que podría sufrir represalias, como otras madres las han sufrido cuando han hecho pública su historia, pero ella necesita explicar la tortura que está viviendo por el arrancamiento de sus hijos

Vulneraciones a las normas internacionales de protección de menores de edad

1: La actuación de la Administración madrileña no se habría ajustado a lo que estipula la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, que en su preámbulo señala que para su aplicación se debe tomar en cuenta el artículo 39 de la Constitución española y que la protección de niños debe realizarse bajo los convenios internacionales ratificados por España.

Preámbulo Ley 26/2015

«La Constitución Española establece en su artículo 39 la obligación de los poderes públicos de asegurar la protección social, económica y jurídica de la familia, y en especial de los menores de edad, de conformidad con los acuerdos internacionales que velan por sus derechos»Entre estos acuerdos e instrumentos internacionales la ley señala: el Reglamento Bruselas II bis y el Convenio de La Haya 1996 referidos a la tutela de niñas, niños y adolescentes.

Artículo 39

  • 39.1 Los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia. 
  • 39.4 Los niños gozarán de la protección prevista en los acuerdos internacionales que velan por sus derechos.

2) La Administración tampoco habría cumplido con informar al consulado chino sobre el retiro de tutela, guarda y suspensión de patria potestad dictaminado sobre los hijos de Angela, que aunque hayan nacido en España no pierden la protección del país, con el que tienen una relación de arraigo, por ser el de origen de sus padres y por tener una hermana mayor y toda la familia allá, y en caso de verdadero abandono por parte de sus padres sería su familia extensa la encargada de cuidarlos.

Que las diferentes Administraciones españolas no informen a los consulados cuando tutelan niñas, niños y adolescentes extranjeros o hijos de extranjeros ocurre constantemente y lo digo por los casos similares sobre los que he escrito; pero lo peor es que en la mayoría de casos cuando madres y padres -informados de sus derechos- acuden a sus consulados pidiendo ayuda se encuentran con cónsules que desconocen el papel que juegan en la protección de sus menores de edad.

Según el último Boletín de datos estadísticos de medidas de protección a la infancia y la adolescencia, del total de menores de edad tutelados en acogimiento residencial, 40,50% son extranjeros

El consulado chino de Madrid también dice no

Cuando en 2019 le comunicaron a Angela que sus hijos habían sido declarados en desamparo y que serían entregados a familias de acogida ella fue a su consulado pero no la ayudaron. Hace un mes, cuando tomé conocimiento de su historia, le dije que sus hijos, según las normas internacionales de protección de menores de edad, tenían derecho a la protección de su país y que volviera y la invócase, ella lo hizo y la respuesta, como explica en la entrevista, volvió a ser decepcionante.

«Me dijeron que ellos no podían hacer nada, que si España me hubiese quitado una propiedad sí podían intervenir, pero como se trataba de niños no podían hacer nada, es absurdo. Para mí, más importante que cualquier propiedad son mis hijos, no entiendo por qué no me ayudan, yo tengo mucho miedo por mis hijos, no sé qué pasará con ellos, por qué tienen que estar con otras familias si yo los puedo cuidar», afirma Angela apesadumbrada.

Angela está cansada, agotada, decepcionada, tiene miedo de no recuperar a sus hijos, en la única hora al mes que puede verlos no puede hablar con ellos de futuro, de reencuentro, si tienen una herida o un golpe no puede preguntarles cómo se lo hicieron; tampoco pueden expresar su deseo de pasar días juntos, porque en cuanto estos temas salen las y los educadoras o técnicos que supervisan las visitas, les ordenan que cambien de tema porque si no la suspenden.

La historia sinfín: desarraigo y desapego, violencia institucional contra la infancia

Lamentablemente la historia de arrancamiento de los hijos de esta mujer migrante no es la única, aquí, en teleoLeo.com podrán encontrar los relatos de dolor de otras mujeres en situación de vulnerabilidad a las cuales la Administración española ha separado de sus hijos obviando las normas internacionales de protección de menores, entre ellas, la más importante, La Convención de Derechos del Niño de las Naciones Unidas que dice que todo niño y niña tiene derecho a crecer en familia y en los valores de su cultura.

De todos los casos similares que este portal ha abordado, sólo un país ha enfrentado la maquinaria de las Consejerías de Familia del Estado español, ese país ha sido Rusia, que en 2022 y luego de 6 meses de reclusión de dos niñas, hijas de madre rusa y padre suizo, hizo cumplir el Convenio de La Haya de 1996 sobre tutela de menores de edad y las recuperó de manos de la DGAIA, la Dirección General de Atención a la Infancia y Adolescencia de Barcelona y entregó su tutela, guarda y custodia a su abuela materna en Rusia.

Lucca es otro niño tutelado sin respetar las normas internacionales, él es holandés y vivía con su familia en un pueblo de Zaragoza, perteneciente a la Comunidad Autónoma de Aragón, como en el colegio le hacían bullying por su acento y por su dislexia, era escolarizado en casa y ese fue el pretexto para que la Administración dictaminase su desamparo. En el caso de Lucca, al ser su país Holanda, integrante de la UE, el instrumento a aplicar era el Reglamento Bruselas II bis.

Enzo y Lucía son unos padres argentinos que llegaron a España respondiendo a una campaña para repoblar pueblos vaciados que no resultó como esperaban, pues al llegar aquí les dieron una vivienda en muy malas condiciones y con 3 niños, que sufren de diversas discapacidades, prefirieron establecerse por su cuenta echando mano de sus ahorros. Estuvieron un tiempo en Madrid, pero buscando trabajo llegaron a Valencia, donde acabaron los ahorros y terminaron en un centro para refugiados, allí sus hijos fueron tutelados provisionalmente. Los niños les fueron devueltos porque su defensa exigió la aplicación del Convenio de la Haya de 1996 sobre tutela internacional de menores de edad.

Galina es una madre búlgara a la que la Junta de Andalucía tuteló a sus 4 hijos en 2018. En 2017 denunció a su esposo por la violación sexual de su hija de 12 años, el hombre fue apresado y un año después condenado, ella obtuvo la custodia, guarda y patria potestad exclusiva de los niños, pero la Administración se las retiró y aunque en la resolución de desamparo dice que deben avisar al consulado en caso de que los niños sean extranjeros, el cónsul de Bulgaria recién fueron informado en marzo de 2023, cuando el centro que tiene la guarda de los niños solicitó que les emita pasaportes, Bulgaria pidió más información y aún no la recibe.

La historia de Houda tampoco tiene final feliz. En agosto de 2022 esta mujer marroquí dio a luz una niña en una hospital de Barcelona y la DGAIA pasó a tutelarla de inmediato, según el informe que originó la resolución de desamparo Houda había sido víctima de violencia de género por parte de su anterior pareja, no había acudido a la última visita prenatal, había tenido un intento autolítico a los 20 años, su peso no era correcto, su actual pareja consumía cannabis y ella y su familia habían tenido sarna.

A Houda, como a otras madres, en el propio hospital donde dio a luz le dieron pastillas para cortarle la leche, pero lo que no pudieron ‘cortarle’ es el dolor. En agosto de este año su hija cumplira un año de edad y aún no ha dormido una sola noche en la cuna que su madre le tenía preparada y según explicó Houda, durante el invierno la bebé fue ingresada varias veces en el hospital por problemas bronquiales.

La protección de niñas, niños y adolescentes no puede significar retirarlos del lado de sus padres, excepto que eso vaya en contra de su bienestar y cuando eso pasa la primera opción debería ser buscar familia extensa que los pueda acoger, de allí la importancia de avisar a los consulados cuando se trata de proteger a niñas, niños y adolescentes nacionales de otro país, y por ello, no aplicar las normas internacionales de protección de menores de edad los desprotege y es violencia institucional.